TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE IQUIQUE

FISCALIA POZO ALMONTE CONTRA DEIVIS JESUS ESCALONA

Rol

Fecha

28 de julio de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: En los autos ROL IC 252-2023, RUC 2200637534-4, RIT 871-2022, el abogado sr. Ricardo Rivera Trujillo, defensor penal público, recurre de nulidad en contra de la sentencia de diecinueve de abril pasado, dictada por la sala del Tribunal Oral Penal de Iquique, conformada por los Jueces titulares, sres. Moisés Pino Pino, Rodrigo Villar Bustamante, y Franco Repetto Contreras, que condena a Deivis Jesus Escalona en calidad de autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes, sorprendido el 30 de junio de 2022, a sufrir la pena corporal efectiva de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, e inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, a la pena pecuniaria de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, y a la pena de comiso de las especies señaladas en la sentencia. TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: El abogado sr. Rivera deduce en contra de la referida sentencia la causal de nulidad del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación a su artículo 342 letra c), por estimar que la sentencia no contiene una exposición clara, lógica y completa de los hechos y circunstancias que se dieron por acreditadas, e incumple el principio de la lógica de razón suficiente. Para explicar esa alegación reproduce los hechos de la acusación, consistentes, en síntesis, en que el 30 de junio de 2022, a las 11:10 horas, en la Avanzada Aduanera de Quillagua, personal del Servicio Nacional de Aduanas controló al sentenciado, quien iba de pasajero en un bus con destino a Santiago, detectando que transportaba oculto en su calzado y en su cinturón 3 paquetes contenedores de 1262 gramos netos de ketamina; expresando el abogado que la postura de la defensa fue colaborativa, encaminada principalmente a la configuración de las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial al es

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Iquique, veintiocho de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y OÍDO: En los autos ROL IC 252-2023, RUC 2200637534-4, RIT 871-2022, el abogado sr. Ricardo Rivera Trujillo, defensor penal público, recurre de nulidad en contra de la sentencia de diecinueve de abril pasado, dictada por la sala del Tribunal Oral Penal de Iquique, conformada por los Jueces titulares, sres. Moisés Pino Pino, Rodrigo Villar

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