JUZGADO DE GARANTIA DE RIO NEGRO

C/ ALEJANDRO ENRIQUE PEREZ RIQUELME

Rol

Fecha

28 de julio de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, solicita que se revoque la resolución apelada y se decrete alguna de aquellas medidas contempladas en el artículo 155 del Código Procesal Penal, o en su defecto, y en subsidio, se declare que la causal de la prisión preventiva es el peligro de fuga. Posteriormente alega el Ministerio Publico quien solicita que se rechace el recurso y se confirme la resolución apelada por considerar que esta se ajusta a derecho en virtud de la prueba y los antecedentes de la presente causa. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, y considerando que en el caso se cumplen todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintidós de julio de dos mil veintitrés. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. N° Penal- 922-2023. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veintiocho de julio de dos mil veintitrés.  Rafael Cáceres Santibáñez Relator Interino En  Valdivia, veintiocho de julio de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTIOCHO DE JULIO DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA - POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2300510907-8, RIT 670-2023, ROL CORTE N° 922-2023 REF. Siendo las 10.07 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro y Presidente de Sala S

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