9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ DAVID ALEJANDRO QUINTEROS LOPEZ

Rol

Fecha

28 de julio de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Los antecedentes obtenidos del sistema computacional de causas y lo expuesto por las partes en esta audiencia. Y teniendo, además, presente: 1° Que, en relación al fundamento que se tuvo en consideración en primera instancia, en términos que se impone la medida cautelar de prisión preventiva pues existe peligro que el imputado Quinteros López se dé a la fuga; Esta Corte estima que tal medida debe aplicarse como última ratio. 2° Que, en relación a los hechos investigados, es bastante discutible que, por la cantidad de droga incautada, se trate de un microtráfico o de un consumo personal futuro que es sancionado como una falta. 3° Además, el hecho de no contar con documentos de identidad formal, no puede traer como consecuencia la aplicación de una medida tan gravosa como la prisión preventiva, pues se estaría alejando del espíritu que tuvo el legislador al momento de determinar la medida cautelar del artículo 140 del Código Procesal Penal 4° Por último, existe una solicitud de canje penal, que permite que en el término de 72 horas, la autoridad administrativa cuente con un documento que acredite la identidad de la persona. En consecuencia, y lo dispuesto en el artículo 155 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b), se revoca la resolución en alzada de veinte de julio de 2023, dictada por el Noveno Juzgado de Garantía de Santiago, y en su lugar se declara que se le imponen al imputado David Alejandro Quinteros López las medidas cautelares arresto domiciliario parcial y de arraigo nacional, debiendo Gendarmería de Chile, determinar su cumplimiento. Acordado lo anterior con el voto en contra del abogado integrante señor Jorge Benítez Urrutia, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada e imponer al imputado Quinteros López, la medida cautelar de prisión preventiva, por estimar que existen antecedentes suficientes para tener por acreditados los hechos investigados; que existen antecedentes que permiten presumir la concurrencia del imputa

Fallo

se declara que se le imponen al imputado David Alejandro Quinteros López las medidas cautelares arresto domiciliario parcial y de arraigo nacional, debiendo Gendarmería de Chile, determinar su cumplimiento. Acordado lo anterior con el voto en contra del abogado integrante señor Jorge Benítez Urrutia, quien fue de parecer de confirmar la resolución en alzada e imponer al imputado Quinteros López, la medida cautelar de prisión preventiva, por estimar que existen antecedentes suficientes para tener por acreditados los hechos investigados; que existen antecedentes que permiten presumir la concurrencia del imputado en calidad de autor; y, atendida la forma y circunstancia de comisión de la venta, hace que se dan los supuestos para tener por no acreditada la identidad del imputado y, en consecuencia, su libertad constituye el peligro de fuga que ha señalado la señora Jueza a quo. Dése orden de inmediata libertad, si no estuviese privado de ella por otras causas. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintitrés. Sala: Novena Rol Corte: Penal-3923-2023 Ruc: 2300779482-7 Rit : O-5068-2023 Juzgado: 9º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Tomás Gray Gariazzo y el Abogado Integrante señor Jorge Benítez Urrutia Relator: Gonzalo Jiménez L Digitador (a): Ximena Gamboa

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