28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FACTORING SECURITY S.A./GUZMÁN

Rol

Fecha

1 de agosto de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el ejecutado con fecha tres de julio del año en curso (folio N° 5), en contra de la resolución que recibió el incidente a prueba de veintinueve de junio del mismo año (folio N° 4-cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Devuélvase. N°Civil-11126-2023.mst

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el ejecutado con fecha tres de julio del año en curso (folio N° 5), en contra de la resolución que recibió el incidente a prueba de veintinueve de junio del mismo año (folio N° 4-cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado). Devuélvase. N°Civil-11126-2023.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, uno de agosto de dos mil veintitrés. Al folio N° 3: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artí

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica