SIN INFORMACION

SEGURA CASTILLO BETTY JACQUELINE / CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

Rol

Fecha

28 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que de los documentos acompañados se desprende que el recurrente ha tomado conocimiento del acto que lo motiva a deducir esta acción constitucional en diciembre de dos mil veintidós, y habiendo interpuesto su recurso con fecha veintiséis de julio de so mil veintitrés, esto es, transcurrido el plazo previsto para su interposición, no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo. 3°) Que, sin perjuicio de lo antes razonado, atendido que los hechos expuestos en la presentación podrían ser constitutivos de delito, en relación con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción impetrada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad, toda vez que no resulta ser la vía idónea al efecto. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara inadmisible, el recurso de folio 1. Archívese. N°Protección-13006-2023. (ccc)

Fallo

fallo del recurso de protección, se declara inadmisible, el recurso de folio 1. Archívese. N°Protección-13006-2023. (ccc)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago rsa Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que de los documentos acompañados se desprende que el recurrente ha tomado conocimiento del

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