GABRIEL ANDRES MEZA PENA C/ CLAUDIO ANDRES MONDACA VILLALOBOS
Rol
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En los autos RUC 1600865095-4, RIT Nº 6-2023, don Christian González Carriel, fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Copiapó, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha doce de junio del año en curso, pronunciada por la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los jueces titulares doña Lorena Rojo Venegas, don Marcelo Martínez Venegas y don Adrián Reyes Pardo, la cual absolvió al imputado Claudio Andrés Mondaca Villalobos de la acusación deducida en su contra por el Ministerio Público, como autor del delito de falsificación de instrumento público cometida por particular, descrito y sancionado en el artículo 194 en relación al artículo 193 N° 2, N° 3 y N° 4 del Código Penal. Funda el recurso en la causal de nulidad prevista en artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, esto es, cuando se hubiere omitido alguno de los requisitos previstos del artículo 342, letras c), d) o e) del mismo cuerpo legal y como causal subsidiaria, la prevista en el artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, cuando en la dictación del fallo se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho. Con fecha 10 de julio pasado se procedió a la vista de la causa, interviniendo la abogada y representante del Ministerio Público, doña Paula Chávez y por la defensa la abogada doña Génesis Georgades Baeza. Se fijó la audiencia del día de hoy para dar a conocer la decisión de esta Corte.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente invoca en su recurso de nulidad la causal prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, por haberse omitido alguno de los requisitos previstos del artículo 342, letras c) del mismo cuerpo legal. Señala que los sentenciadores no se hicieron cargo en su sentencia, de “toda la prueba producida”, artículo 297 inciso 2° del Código Procesal Penal, ni existió una exposición “clara, lógica y completa” de los hechos probados, tanto favorables como desfavorables al imputado, y de la valoración de sus medios de prueba que fundamenten sus conclusiones conforme el artículo 342 letra c) del mismo Código. Refiere que la fundamentación de la sentencia recurrida, no permite conforme a los principios de la lógica y las máximas de la experiencia- reproducir de modo lógico el razonamiento utilizado para arribar a la conclusión de absolución del acusado Manuel Ignacio Pereira Bonilla. Indica que el Ministerio Público dedujo acusación en contra de Claudio Andrés Mondaca Villalobos por los hechos que se consignan en el motivo Segundo del
Fallo
fallo se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho. Con fecha 10 de julio pasado se procedió a la vista de la causa, interviniendo la abogada y representante del Ministerio Público, doña Paula Chávez y por la defensa la abogada doña Génesis Georgades Baeza. Se fijó la audiencia del día de hoy para dar a conocer la decisión de esta Corte. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente invoca en su recurso de nulidad la causal prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, por haberse omitido alguno de los requisitos previstos del artículo 342, letras c) del mismo cuerpo legal. Señala que los sentenciadores no se hicieron cargo en su sentencia, de “toda la prueba producida”, artículo 297 inciso 2° del Código Procesal Penal, ni existió una exposición “clara, lógica y completa” de los hechos probados, tanto favorables como desfavorables al imputado, y de la valoración de sus medios de prueba que fundamenten sus conclusiones conforme el artículo 342 letra c) del mismo Código. Refiere que la fundamentación de la sentencia recurrida, no permite conforme a los principios de la lógica y las máximas de la experiencia- reproducir de modo lógico el razonamiento utilizado para arribar a la conclusión de absolución del acusado Manuel Ignacio Pereira Bonilla. Indica que el Ministerio Público dedujo acusación en contra de Claudio Andrés Mondaca Villalobos por los hechos que se consignan en el motivo Segundo del fallo recurrido, que señala: “Con fecha 17 de diciembre d
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veintiocho de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: En los autos RUC 1600865095-4, RIT Nº 6-2023, don Christian González Carriel, fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Copiapó, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha doce de junio del año en curso, pronunciada por la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiap
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica