SIN INFORMACION

CAÑETE/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL PRIMER SEMESTRE 2023

Rol

Fecha

28 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 25 de julio del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de HUGO ANTONIO CAÑETE VÉLIZ, CI. N°19.299.652-K, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 3 de abril del año en curso que rechazó conceder el beneficio al amparado. Refiere que su representado cumple una pena de 5 años 1 días de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito tráfico ilícito de drogas, la cual inició el 27 de octubre de 2018, debiendo culminar el 28 de octubre de 2023. En cuanto el tiempo mínimo, éste se cumplió el 28 de febrero de 2022, contando con más de 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “El postulante se encuentra en fase intermedia de ejecución de las actividades asociadas a su Plan de Intervención Individual y atendido a las necesidades que aún mantiene sin intervenir, se estima beneficioso que pudiese participar de éstas en modalidad intensiva con el fin de incrementar el impacto de la intervención en la modificación de las conductas delictivas. El solicitante reconoce su participación en los hechos delictuales, reflexionando respecto de la validación que mantenía de su conducta delictiva, sin embargo mantiene pendientes actividades de su Plan de Intervención Individual que pudiesen potenciar la realización de estas reflexiones e impactar en la disminución de las conductas de riesgo. En el informe también se expresa que postulante cuenta con red de apo

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Max Troncoso Moreno, en favor de HUGO ANTONIO CAÑETE VÉLIZ, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el 3 de abril de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 333-2023/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, veintiocho de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 25 de julio del presente año comparece don Max Troncoso Moreno, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado para estos efectos en calle 3 Oriente N°1326, oficina 5 A, Talca, interponiendo Recurso de Amparo en favor de HUGO ANTONIO CAÑETE VÉLIZ, CI. N°19.299.652-K, actualmente privado de libertad en

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