MATURANA / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
28 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de Cristian Esteban Maturana Flores, en contra de Gendarmería de Chile, por la vulneración de la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, esto es la “igualdad ante la ley”, por la inactividad y falta de servicio al no dar término a un procedimiento sumarial seguido en contra del recurrente dentro de los plazos que la ley establece, discriminando en relación a otros administrados cuyos procesos han sido terminados oportunamente. Expone que la Dirección Nacional de Gendarmería, dispuso el retiro temporal de don Cristian Maturana, mediante Resolución Exenta N°142/1877/2019 de 26 de junio de 2019, retiro que se funda en que el artículo 114 letra b) del DFL 412/1992, que fija el texto refundido del “Estatuto del Personal de Carabineros de Chile” y de la ley 19.195 de 1993 que adscribe al personal de Gendarmería de Chile al régimen previsional de DIRPECA, normativa a través de la cual la autoridad Nacional de Gendarmería de Chile, retira “temporalmente” y forzadamente de sus cargos públicos al personal uniformado de Gendarmería de Chile. En dicha resolución se indica que mediante un procedimiento aleatorio para determinar el consumo de sustancias ilícitas, se efectuó un examen al recurrente que arrojó resultado positivo. Se ordenó el respectivo proceso sumarial por la Dirección Nacional de Gendarmería, mediante resolución N°3107 de 17 mayo de 2019, a raíz del cual al funcionario le fueron notificados cargos mediante documento de fecha 07 de enero de 2020, los que fueron debidamente respondidos dentro del plazo legal, pero que hasta ahora no ha logrado arribar a un término administrativo, puntualizando que los plazos de tramitación se encuentran vencidos. El procedimiento sumarial, lleva 4 años de tramitación, excediendo los plazos establecidos en el artículo 135 de la ley 18.834 Estatuto Administrativo, dispone de un plazo de investigación de 20 días, prorrogables hasta 60 días cu
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se acoge, con costas, el recurso de protección deducido en favor de Cristian Esteban Maturana Flores, en contra de Gendarmería de Chile, en cuanto se dispone que la recurrida, deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto del sumario administrativo iniciado contra el recurrente, dentro del plazo de cuarenta días corridos. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-19742-2023. En Valparaíso, veintiocho de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de julio de dos mil veintitrés. Visto: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de Cristian Esteban Maturana Flores, en contra de Gendarmería de Chile, por la vulneración de la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, esto es la “igualdad ante la ley”, por la inactividad y falta de servicio al no dar término a u
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