SIN INFORMACION

ROSALES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

27 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Wilmer Rosales Muñoz, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la dictación de una orden de expulsión en su contra, afectando la garantía constitucional de igualdad ante la ley. Indica que el recurrente, el día 24 de septiembre de 2015, fue condenado a dos penas de 541 días de presidio, por el Juzgado de Garantía de Iquique, esto, por dos delitos de manejo en estado de ebriedad con resultado de daños menores en las cosas. Estas penas fueron conmutadas por la de remisión condicional de la pena, medida sustitutiva de la reclusión cuyo cumplimiento fue acreditado por el Centro de Reinserción Social de Iquique con fecha 26 de junio de 2019, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 3º del artículo 38 de la Ley 18.216, debieron haber sido eliminadas estas anotaciones, definitivamente, para todos los efectos legales y administrativos. Señala que, en abril de 2021, luego de que su permanencia definitiva fuera rechazada, precisamente, por estos antecedentes penales, se sometió al proceso de regularización migratoria contemplado en el artículo Octavo Transitorio de la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, siendo rechazada su solicitud y decretándose orden de abandono del país, resolución que carece de fundamentación, por lo que interpuso un recurso de amparo, bajo el Rol 990-2021 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Iquique. Luego de esto, indica que solicitó una nueva visa temporaria, bajo el nuevo ordenamiento jurídico migratorio, y que dicha solicitud no fue acogida a trámite ya que registra una orden de expulsión vigente. Solicita se acoja el recurso interpuesto y en definitiva: 1. Declarar que la orden de abandono del país decretada en la Resolución Exenta Nº 21153656 es nula; 2. Dejar sin efecto cualquier orden de expulsión que pese en su contra, en ejecución de la orden de abandono ya indicada; 3. Ordenar al Servicio Nacion

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, la presente acción tiene por objeto que esta Iltma. Corte, ordene dejar sin efecto cualquier orden de expulsión que pese en su contra del recurrente, que hayan sido dictadas con ocasión de las decisiones de rechazo e inadmisibilidad de sus solicitudes de regularización migratoria y de permanencia temporal. Tercero: Que, atendido los antecedentes que obran en autos, no se logra acreditar la existencia de una orden de expulsión dispuesta en contra del recurrente, no existiendo acto ilegal o arbitrario que afecte la garantía constitucional invocada por el actor. Por otra parte, el actuar de la institución recurrida, se ha enmarcado dentro de las facultades y en los supuestos contemplados por la ley y las decisiones se encuentran debidamente fundadas puesto que, tanto el rechazo de la solicitud de regularización migratoria, como la decisión de no acoger a trámite su solicitud de residencia temporal, se sustentan en causa legal.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Wilmer Rosales Muñoz, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-16968-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de protección en favor de Wilmer Rosales Muñoz, de nacionalidad peruana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la dictación de una orden de expulsión en su contra, afectando la garantía constitucional de igualdad ante la ley. Indica qu

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