MP C/ PAULO ALEXIS ESPINOZA ACEVEDO
Rol
Fecha
27 de julio de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: En cuando al incidente promovido por la Fiscalía, quien pide se declare la inadmisibilidad de la apelación deducida por la Defensa, se estima por estos sentenciadores que si bien ésta adolece de defectos formales, sus
Fundamentos
fundamentos y peticiones concretas son entendibles. Considerando, igualmente, que la apelación incide en la libertad personal del imputado,
Fallo
se declara admisible el recurso impetrado por la Defensa. En cuanto al fondo, visto el mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de resolverse la prisión preventiva, y teniendo presente que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga, atendido el carácter del delito por el que se ha formalizado la investigación, la pena de crimen asignada al mismo y el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, se confirma la resolución de fecha veinticinco de julio del año en curso, pronunciada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Cristian Arturo Alfonso Durruty, quien dispuso la mantención de la prisión preventiva del imputado Alonso Pareja Giraldo. Devuélvase. Rol Penal Nº809-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. Vistos: En cuando al incidente promovido por la Fiscalía, quien pide se declare la inadmisibilidad de la apelación deducida por la Defensa, se estima por estos sentenciadores que si bien ésta adolece de defectos formales, sus fundamentos y peticiones concretas son entendibles. Considerando, igualmente, que la apelación incide en la libertad
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