21º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FACTOTAL S.A./CIDEF COMERCIAL SPA

Rol

Fecha

31 de julio de 2023

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutante, el cinco de mayo de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de tres del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-8546-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte ejecutante, el cinco de mayo de dos mil veintitrés, en contra de la resolución de tres del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-8546-2023.

Texto Completo (Preview)

gail C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de julio de dos mil veintitrés. A los folios 3 y 4; aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica