JUZGADO DE GARANTIA DE TALCA

MP C/ MARIANELA VILCHEZ CASTRO

Rol

Fecha

27 de julio de 2023

Materia

MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS ART. 416 Y 416 BIS CODIGO DE JUSTICIA MILITAR

Resultado

REVOCADA/COMUNICAR

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Hechos

Visto y teniendo presente: Que, de los antecedentes hasta ahora reunidos y pena probable a aplicar por el delito materia de la presente investigación, se estima que otras medidas cautelares de menor intensidad que la impuesta en autos, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, conforme se dirá a continuación. Por la anterior consideración, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veintitrés de julio del año en curso, que ordenó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de la imputada MARIANELA VILCHEZ CASTRO, inserta en la carpeta virtual Rit 1-4937-2023 del Juzgado de Garantía de Talca y, en su lugar, se declara que se sustituye la prisión preventiva por las medidas cautelares de privación de libertad total en su domicilio y de arraigo nacional. Se previene que el Ministro don Carlos Carrillo González concurre a la decisión revocatoria, quien estuvo por imponer como medida cautelar la privación parcial domiciliaria, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas, y la de firma semanal ante la unidad policial más cercana a su domicilio. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1050-2023.

Fallo

se declara que se sustituye la prisión preventiva por las medidas cautelares de privación de libertad total en su domicilio y de arraigo nacional. Se previene que el Ministro don Carlos Carrillo González concurre a la decisión revocatoria, quien estuvo por imponer como medida cautelar la privación parcial domiciliaria, desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas, y la de firma semanal ante la unidad policial más cercana a su domicilio. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-1050-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Que, de los antecedentes hasta ahora reunidos y pena probable a aplicar por el delito materia de la presente investigación, se estima que otras medidas cautelares de menor intensidad que la impuesta en autos, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, conforme se dirá a continuación. Por la

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