SIN INFORMACION

MOROS/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL DE IDENTIFICACIÓN DE CHILE

Rol

Fecha

27 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que los abogados John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo, en representación de doña Andrea Jared Moros González, venezolana, interponen recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado legalmente por don Felipe Esteban Melo Rivara, a fin que se declare como arbitraria e ilegal la omisión del recurrido en la emisión de la cédula de identidad, disponiendo su entrega o, en subsidio, se aclare su situación y se adopten todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Expone que la recurrente llegó al país el 23 de noviembre de 2022, recibiendo su Tarjeta Única Migratoria por parte de la Policía de Investigaciones de Chile que la habilita para recibir a su vez su cédula de identidad en Chile. Así, el 5 de enero de este año se le dijo que recibiría su cédula en las oficinas centrales del Servicio de Registro Civil e Identificación. Después de aportar toda la documentación necesaria se le informó que su cédula estaría disponible en un mes más a contar de ese día, pero que podría tardar hasta dos meses, al tratarse de una cédula extranjera. Agrega que al cumplirse dos meses desde la realización del trámite, y al concurrir a oficinas de la recurrida, se le indicó que éste aún no estaba concluido, y que podrían tardarse hasta tres meses, al tratarse de una visa consular. A la fecha, no ha obtenido una respuesta satisfactoria, existiendo una omisión en el actuar de la recurrida, que le ha generado graves problemas vulnerando las garantías fundamentales del artículo 19 N°1 de la Carta Fundamental, ya que permanece en un estado de constante angustia y desesperación, al no poder ejercer sus derechos; el artículo 19 N°2 del mismo cuerpo legal, ya que se ha establecido una diferencia arbitraria en su contra; el artículo 19 N°9 del estatuto precitado, ya que no puede acceder a los servicios de salud y; el artículo 19 N°24 de la Carta Magna, toda vez que se le ha imp

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San Miguel, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que los abogados John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo, en representación de doña Andrea Jared Moros González, venezolana, interponen recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado legalmente por don Felipe Esteban Melo Rivara, a fin que se de

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