SIN INFORMACION

RONDON/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

27 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 5 de marzo del año 2023, compareció don David Gutiérrez Vergara, licenciado en derecho, en favor de doña Yeannellys Maribel Rondón Díaz, Pasaporte Nº 156928416, de nacionalidad Venezolana, trabajadora independiente, domiciliado para estos efectos en Camino del amanecer Nº 03572, comuna y ciudad de Rancagua, deduciendo recurso de protección en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, representada legalmente por don Marco Olivarí León. Funda su acción en la vulneración a las garantías constitucionales del actor que ha provocado la omisión en que ha incurrido la parte recurrida, al no dar continuidad al proceso de autodenuncia por ingreso por paso no habilitado, que el recurrente realizara en el mes de febrero del año 2021. Para contextualizar su acción, refiere que la actora entro con su esposo a nuestro país, el 2 de febrero del año 2021, que inmediatamente, se dirigió a un cuartel de la Policía de Investigaciones de Chile, PDI, de la ciudad de Santiago, para autodenunciar su entrada clandestina a Chile, oportunidad en que los funcionarios de la parte recurrida le comunicaron que esa acción no debía realizarse de manera presencial, sino que a través de la página web de la PDI, en “Ceros Filas PDI”. Agrega, en el mes de febrero del año 2022 realiza su autodenuncia en la forma indicada por los funcionarios de la PDI, le llegó un correo de respuesta, mediante el cual se le informaba que su declaración voluntaria de ingreso clandestino había quedado signada con el número 30847736, y que habiendo sido recepcionada correctamente, y por ello en forma posterior, sería contactado vía correo electrónico por un funcionario policial, quien le indicaría los pasos a seguir para terminar el trámite, sin perjuicio de lo cual, reclama que desde aquella fecha y hasta la presentación de su acción de protección, no ha recibido correo alguno con los paso a seguir para terminar con el proceso de autodenuncia. Arguye, que el largo tiempo que ha transcurrido si

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1.- Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de nuestra Carta Fundamental, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben estimar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o amague ese ejercicio. 2.- Que, a través de la presente acción, se requiere a esta Corte se ordene a la recurrida Policía de Investigaciones de Chile, citar a la actora a sus dependencias, para la ratificación de la declaración voluntaria de ingreso clandestino y, en razón de ello, se le entregue la tarjeta de extranjero infractor. 3.- Que, por su parte, mediante presentación de 11 de abril de 2023, la recurrida da cuenta que los hechos son efectivos y que con fecha 11 de abril del año 2023 se materializó tal citación y se le otorgó la tarjeta de identificación de extranjero infractor folio Nº 378167. 4.- Que, atendido lo informado por la recurrida, el recurso de autos ha perdido oportunidad, dado que ninguna medida de protección podría adoptarse por esta Corte, desde que la parte recurrente ya ha obtenido lo pretendido con su acción y, así las cosas, la misma no puede prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, por haber perdido oportunidad, el recurso deducido en favor de Yeannellys Maribel Rondón Díaz, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, sin costas. Por Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 682-2023 Protección. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veintisiete de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 5 de marzo del año 2023, compareció don David Gutiérrez Vergara, licenciado en derecho, en favor de doña Yeannellys Maribel Rondón Díaz, Pasaporte Nº 156928416, de nacionalidad Venezolana, trabajadora independiente, domiciliado para estos efectos en Camino del amanecer Nº 03572, comuna y ciudad de Rancagua, deduciendo recurso

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