SIN INFORMACION

GUZMÁN / ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

26 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de doña María De La Paz Guzmán Llona en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario de informar consistente en el alza unilateral del 35% del precio base de su plan de salud, lo que le fue comunicado mediante carta de 31 de marzo de 2023. Considera que dicha decisión afecta las garantías constitucionales contempladas en los numerales 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Se indica en el recurso que la recurrente se encuentra vinculada a la Isapre recurrida mediante un contrato de salud denominado MEDICO 4, y que en la misiva se indica un alza unilateral del mismo, fundado en que los planes colectivos médicos habrían tenido gastos que superarían ampliamente los ingresos, llegando a constituir “pérdidas insostenibles” que habrían hecho peligrar su continuidad. Se le informó que de cada $100 cotizados, la Isapre gastaría más de $116. Agrega que durante el año pasado, la Isapre habría iniciado conversaciones con el Colegio Médico de Chile con miras a buscar soluciones que den sustentabilidad a los planes médicos, aludiendo a una supuesta siniestralidad del 115,72%. Agrega que el propio Colegio Médico habría consultado a sus médicos afiliados sobre la continuidad de estos planes y que habría existido un “consenso” en torno a los reajustes impuestos por la entidad previsional recurrida. Se niega que se haya llevado a cabo alguna negociación y tampoco le constan los hechos que se le informaron en la carta. Se le indicó que, de no aceptar el alza señalada, solo puede optar por alguna de las siguientes alternativas, unilateralmente impuestas por ella misma. Pide, en definitiva que se ordene a la Isapre recurrida la mantención del actual plan de salud MEDICO 4 de Maria De La Paz Guzman Llona en las mismas condiciones de cobertura y precio vigentes al día de hoy, todo lo anterior con expresa condena en costas. A folio 14, la Isapre solicita el rechazo

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por María De La Paz Guzmán Llona en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-18117-2023. En Valparaíso, veintiséis de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veintiséis de julio de dos mil veintitrés. Vistos: En folio 1, se deduce recurso de protección en favor de doña María De La Paz Guzmán Llona en contra de la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por el acto ilegal y arbitrario de informar consistente en el alza unilateral del 35% del precio base de su plan de salud, lo que le fue comunicado mediante carta de 31 de marzo

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