SIN INFORMACION

OLIVARES/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

26 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: La comparecencia de Jorge Ortega Orellana, abogado, quien en representación de Darío Ernesto Olivares Dorador, con domicilio en pasaje Peñaflor N°5237 de esta ciudad, interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), solicitando que se apruebe y ordene el pago, por quien corresponda, de los subsidios por incapacidad laboral, derivado de sus licencias médicas, o la declaración que se estime efectuar, sin perjuicio de adoptar todas las otras medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. Informó la recurrida, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción se funda en la existencia de un acto ilegal y arbitrario, consistente en confirmar el rechazo del pago de sus licencias médicas, mediante la resolución exenta N°R01-IBS-66893-2023 del 19 de mayo del presente. Lo anterior, vulnerando las garantías contenidas en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la República. Indicó que desde el año 2016, sufre una enfermedad degenerativa lumbar con “espondiloartrosis, discopatías multisegmentarias y espondilolistesis con evidencias de inestabilidad”. Asimismo, presenta una insuficiencia cardíaca severa, la cual le impide practicarse alguna intervención quirúrgica, debiendo mantenerse en terapias con fármacos y con apoyo kinésico continuo. En este contexto, ha presentado más de noventa y cinco licencias médicas, sin embargo, en los últimos años, pese a tener todas los mismos antecedentes, algunas han sido autorizadas y otras rechazadas. Ello refleja una actitud desprolija y/o caprichosa en la determinación respecto de cuales licencias deben ser pagadas, descartando criterios de lógica y racionalidad. En consecuencia, solicitó que se aprueben y ordene el pago, por quien corresponda, de los subsidios por incapacidad laboral, derivado de sus licencias médicas N°61528600, 56745202-6, 58216144-5, 59534371-2, 61020709-K, 63927033-5, 67080291-4 y 69682916-0, o la declaración que se estime efectuar, sin perjuicio de adoptar todas las otras medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, con costas. SEGUNDO: Que por la Superintendencia de Seguridad Social, informó el abogado Tomás Garro Gómez, solicitando el rechazo con costas del recurso. En primer lugar, alegó la extemporaneidad de la acción, señalando que se recurre en contra de la resolución de 19 de mayo del presente, que rechazó una reposición deducida en contra de la resolución exenta N°R-01-UME-161911-2022 del 29 de noviembre de 2022, la que, a su vez, confirmó la decisión de la COMPIN Región de Antofagasta, respecto del rechazo de las licencias realizado por la Isapre Nueva MASVIDA S.A. por reposo injustificado. Por lo tanto, al menos se tenía conocimiento del rechazo a más tardar el 17 de junio de 2022, con la confirmación de este por parte de la COMPIN. En consecuencia, la acción se dedujo habiendo vencido el plazo fatal de treinta días corridos para deducirla. En subsidio, se refirió al fondo de la acción, indicando que no existe actuar ilegal o arbitrario de parte de la Superintendencia. Señaló que se rechazaron ocho licencias médicas a contar del 5 de agosto de 2021, pues la Contraloría Médica de la Isapre consideró que el reposo resultaba injustificado, por tratarse de una patología crónica, no invalidante ni susceptible de recuperarse mediante reposo. Además, se dio cuenta de que existen tres dictámenes de invalidez rechazados -con un 34% de invalidez- y un reposo que se extiende por quinientos setenta días en total, en virtud de dieciséis licencias médicas por el diagnostico de Tra

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, el recurso deducido por el abogado Jorge Ortega Orellana, en representación de Darío Ernesto Olivares Dorador en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Regístrese y comuníquese. Rol 3424-2023 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiséis de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Jorge Ortega Orellana, abogado, quien en representación de Darío Ernesto Olivares Dorador, con domicilio en pasaje Peñaflor N°5237 de esta ciudad, interpuso recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), solicitando que se apruebe y ordene el pago, por quien corresponda, de

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