C.A. de San Miguel

JUAN MANUEL JORQUERA E HIJO Y COMPAÑÍA LIMITADA / BERNARDO CÁRDENAS ORELLANA

Rol

40378-2022

Fecha

29 de julio de 2022

Materia

Civil

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de junio de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Se previene que el Ministro Sr. Matus concurre al fallo teniendo únicamente presente que es un hecho asentado a esta causa que el recurrente posee llave, control remoto y acceso a la aplicación móvil que le permiten abrir y cerrar el portón cuya existencia estima ilegal y arbitraria, de modo que ella, así como los horarios de funcionamiento dispuestos para el público general, no le amenazan, afectan o perturban en el ejercicio de los derechos constitucionales que alega respecto de su persona y actividad comercial. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 40.378-2022. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Mario Carroza E., Sr. Jean Pierre Matus A. y Sr. Roberto Contreras O. (s). No firman, no obstante haber concurrido al acuerdo de la causa, los Ministros Sr. Matus por estar con permiso y Sr. Contreras por haber concluido su periodo de suplencia.

Fallo

fallo teniendo únicamente presente que es un hecho asentado a esta causa que el recurrente posee llave, control remoto y acceso a la aplicación móvil que le permiten abrir y cerrar el portón cuya existencia estima ilegal y arbitraria, de modo que ella, así como los horarios de funcionamiento dispuestos para el público general, no le amenazan, afectan o perturban en el ejercicio de los derechos constitucionales que alega respecto de su persona y actividad comercial. Regístrese y devuélvase. Rol Nº 40.378-2022. Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) Sr. Sergio Muñoz G., Sra. Adelita Ravanales A., Sr. Mario Carroza E., Sr. Jean Pierre Matus A. y Sr. Roberto Contreras O. (s). No firman, no obstante haber concurrido al acuerdo de la causa, los Ministros Sr. Matus por estar con permiso y Sr. Contreras por haber concluido su periodo de suplencia.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintinueve de julio de dos mil veintidós. Vistos: Se confirma la sentencia apelada de veintinueve de junio de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel. Se previene que el Ministro Sr. Matus concurre al fallo teniendo únicamente presente que es un hecho asentado a esta causa que el recurrente posee llave, control remoto y acceso a la aplicación móvil que le pe

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