JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE MEJILLONES

BELLO/METAL CONTROL INGENIEROS S.A

Rol

Fecha

25 de julio de 2023

Materia

PRESTACIONES

Resultado

ACOGE Y RECHAZA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que en esta causa RUC 2240440825-2, RIT 0-46-2022, del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, rol ingreso Corte 133-2023, por sentencia definitiva de diez de abril de dos mil veintitrés, el tribunal acogió la demanda de despido injustificado interpuesta por don GUNTHER RODRIGO BELLO KOORT, en contra de la empresa METACONTROL INGENIEROS S.A., condenando “solamente” al demandado a pagar indemnización por años de servicio, recargo legal del 30%, feriado legal y proporcional. La sentencia, además, rechazó la acción por nulidad de despido y declaró la existencia de subcontratación respecto de GASMAR S.A., declarando que su responsabilidad es de carácter subsidiaria. En contra del referido fallo, la parte demandante dedujo recurso de nulidad e invocó la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en la hipótesis de infracción de ley, específicamente del artículo 162 del mismo Código. A su turno, la demandada principal también dedujo recurso de nulidad alegando las causales de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, con relación a los artículos 1.698 de Código Civil y 454 Nº 1 del primer cuerpo legal citado y, además, la causal del artículo 478 letra b) de este. Por último, la demandada subsidiaria alegó el motivo de nulidad del artículo 477 con relación a los artículos 183 letra b) y 183 letra d), todos del Código del trabajo. El día 18 de julio del presente año se llevó a efecto la vista del recurso, interviniendo los abogados de las partes.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante dedujo recurso de nulidad invocando la causal prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, en la hipótesis de infracción de ley, denunciando como norma vulnerada el artículo 162 del Código del Trabajo. Recordó que en el juicio se acordó una convención probatoria en que se estableció que la relación laboral se inició con fecha de febrero de 2011, para desempeñar el actor la función de ingeniero, con contrato indefinido y una remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo de $1.724.888.- También señala que demandó la nulidad de despido conforme lo dispone el artículo 162 del Código del Trabajo y de acuerdo a esta norma se debe entregar una comunicación al trabajador de encontrarse las cotizaciones íntegramente pagadas, al tiempo que el empleador, para despedir por las causales señaladas en la ley, debe estar al día en el pago de las imposiciones previsionales del trabajador y comunicarle tal hecho mediante el aviso de término respectivo, y de no acreditarse el pago oportuno se produce la suspensión relativa del contrato, dado que el trabajador no queda obligado a seguir trabajando, pero el empleador deberá cancelar las remuneraciones y demás prestaciones compendiadas en el contrato hasta que se ponga al día en el cumplimiento de esta obligación. Dijo que ello no se ha verificado pues, al momento del despido, el empleador adeudaba las cotizaciones de marzo del 2020 y septiembre del 2022, conforme se acreditó con el certificado de Isapre Cruz Blanca emitido con fecha 4 de noviembre del 2022, época que estaba vigente la relación laboral según la convención probatoria indicada pero, en el considerando Undécimo, la sentenciadora estableció que de acuerdo a un certificado de cotizaciones previsionales que señaló, las cotizaciones se encontraban pagadas, agregando que la misma información se repite en el certificado PreviRed de fecha 5 de enero de 2023, en donde consta que en la cuenta del actor se pagaron mensualmente cotizaciones, incluso por los meses en que la relación laboral ya no estaba vigente, vale decir, en los meses de octubre y noviembre de 2022, pero no obstante lo expresado en la sentencia, afirmó que basta analizar el último certificado mencionado para darse cuenta que existe una laguna de uno o dos periodos, pues falta el mes de febrero de 2020 y en el mes de marzo del 2020 figura con un pago menor a la remuneración del actor fijada en la suma de $1.724.888.- en la convención probatoria ya señalada. SEGUNDO: Que la competencia de este Tribunal, en atención a la causal invocada, está restringida, exclusivamente, a determinar si a los hechos establecidos en la sentencia se ha aplicado correctamente la norma que se dice vulnerada en el recurso. En otros términos, invocándose una errónea aplicación de ley, para que el recurso pueda prosperar, se requiere que exista un error en la aplicación de una norma decisoria litis, sea de naturaleza procesal o sustantiva, pudiend

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 474 y siguientes del Código del Trabajo, se declara que: I.- SE RECHAZAN los recursos de nulidad deducidos por el abogado Jorge Valenzuela Araos, en representación del demandante, y por el abogado Hugo Carrera Fredes, en representación de la demandada METACONTROL INGENIEROS S.A, en contra de la sentencia de diez de abril de dos mil veintitrés. II.- SE ACOGE el recurso de nulidad presentado por el abogado Mauricio Correa Noe, en representación de GASMAR S.A, en contra de la referida sentencia, la que se anula y se le reemplaza por la que separadamente se dicta a continuación de este fallo. Las partes pagarán las costas de sus recursos. Se deja constancia que se hizo uso de la facultad contenida en el artículo 82 del Código Orgánico de Tribunales. Regístrese y comuníquese. Rol 155-2023 (Laboral) Redactada por el Ministro Titular Sr. Dinko Franulic Cetinic. 6 16

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veinticinco de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: Que en esta causa RUC 2240440825-2, RIT 0-46-2022, del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, rol ingreso Corte 133-2023, por sentencia definitiva de diez de abril de dos mil veintitrés, el tribunal acogió la demanda de despido injustificado interpuesta por don GUNTHER RODRIGO BELLO KOORT, en contra de la empresa METACONTROL

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica