SAUNDER/C.C.A.F LOS HEROES
Rol
Fecha
25 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que comparece doña Carla Carvajal González, abogada, en representación de don Patricio Roberto Saunder Donoso y deduce recurso de protección en contra de Caja Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en descontar sin autorización de las liquidaciones de sueldo del recurrente cuotas por un crédito social cuya deuda se encuentra prescrita, lo que vulneraría sus garantías constitucionales contempladas en los números 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, esto es, igualdad ante la ley y el derecho de propiedad, por lo que pide a esta Corte que acogiendo el presente recurso se declare que los descuentos informados y percibidos por la recurrida son ilegales, se ordene la restitución de los mismo y que aquella se abstenga de efectuar o informar descuentos en las remuneraciones del actor, o en subsidio de lo anterior, todo lo que se estime pertinente para reestablecer el imperio del derecho, con costas. En cuanto a los hechos señala, en síntesis, que el recurrente durante el año 2015 suscribió dos pagarés con la recurrida, esto es el 03 de julio y el 06 de octubre, por un capital de a $2.226.790 y 1.707.831, respectivamente; suma que junto a sus intereses se pagaría en 36 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $ 98.896 y $73.785 cada una, el día 30 de cada mes. Añade que al no cumplir con el pago de dichas obligaciones, la Caja de Compensación inició un juicio ejecutivo que se tramitó ante el 14º Juzgado Civil de Santiago bajo el Rol C-16647-2018, oponiendo su parte excepción de prescripción respecto de ambos pagarés, dictándose la respectiva sentencia el 09 de diciembre de 2021 que acogió su defensa; esta decisión se encuentra ejecutoriada. A pesar de lo expuesto, la recurrida descontó desde la remuneración correspondiente al mes de diciembre de 2022 la suma de $ 172.681 bajo la denominación “crédito social caja Los Héroes”. Asevera que la recurrida
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que el recurso de protección es una acción de naturaleza cautelar, cuyo objetivo es la adopción de medidas de carácter urgente, tendientes a salvaguardar los derechos o garantías constitucionales fundamentales, conculcados por actos u omisiones ilegales o arbitrarios. En efecto, la Corte Suprema ha señalado, que si bien en virtud de la competencia conservativa que el indicado arbitrio confiere, pueden adoptarse todas las medidas que se estimen conducentes para otorgar la debida protección a quienes han visto amagados sus derechos constitucionales previstos en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, lo cierto es que no se puede perder de vista que esta acción constituye una medida de emergencia consagrada para dar remedio pronto y eficaz a los atropellos que sufra el ciudadano en sus derechos constitucionales producto de una acción u omisión que a todas luces sea ilegal y/o arbitraria, cuestión que justifica una intervención jurisdiccional rápida que ampare suficientemente el derecho amagado, mientras se acude a la sede ordinaria o especial correspondiente, otorgando una tutela efectiva a los recurrentes. 2°.- Que como es unánimemente aceptado, esta acción requiere para su procedencia, la concurrencia simultánea de un conjunto de requisitos, a saber, la existencia de un acto o una omisión ilegal y arbitraria, que dicho acto viole, perturbe o amenace determinadas garantías que la Constitución Política de la República asegura a todas las personas; y finalmente, que quién lo interpone se encuentre ejerciendo un derecho indubitado y que la acción se dirija en contra de quién ha causado la mencionada conculcación, dentro del plazo señalado por el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema. 3°.- Que el acto que el recurrente reprocha como arbitrario e ilegal consiste en el descuento desde su remuneración por parte de la Caja de Compensación recurrida, en el mes de diciembre de 2022, de la suma de $172.681 por concepto de cuota de crédito social morosa. Sobre el particular, la recurrida reconoce la efectividad de tal descuento, argumentando que se encuentra facultada para ello en virtud del ejercicio de la facultad que contempla el artículo 22 de la ley 18.883. 4°.- Que en este mismo sentido, no se encuentra discutido que la deuda que origina el aludido descuento fue materia de un juicio ejecutivo en los autos Rol C-16647-2028, tramitado ante el 14º Juzgado Civil de esta ciudad; causa en la que se acogió la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por el ahora recurrente, respecto de ambos pagarés que daban origen al cobro de que se trata, dictándose sentencia el 09 de diciembre de 2021, sin que ella fuera apelada por la Caja de Compensación. 5°.- Que de este modo, aparece claramente que en sede civil ya existió un pronunciamiento respecto de la posibilidad de perseguir ejecutivamente el cobro de las sumas adeudadas por concepto de crédito social respecto del actor, y aun así, con posterioridad
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge sin costas, el recurso de protección deducido por Patricio Roberto Saunder Donoso, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, quien deberá abstenerse de continuar obteniendo el pago de los créditos sociales vía descuentos de las remuneraciones del actor y deberá reembolsar los montos indebidamente descontados a partir del mes de diciembre de 2022, en un plazo de quinto día desde la ejecutoria de esta resolución, sin perjuicio del derecho de la acreedora a perseguir el cobro por la vía jurisdiccional pertinente. Regístrese, comuníquese y archívese. Protección Nº 162181-2022 Pronunciada por la Sexta Sala, integrada por la Ministra señora Lilian A. Leyton Varela, el Ministro (S) señor Sergio Enrique Padilla Farías y la Abogada Integrante señora Bárbara Vidaurre Miller.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que comparece doña Carla Carvajal González, abogada, en representación de don Patricio Roberto Saunder Donoso y deduce recurso de protección en contra de Caja Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en descontar sin autorización de l
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