JUNTA DE VECINOS NUEVO HORIZONTE 14 G/SERVICIOS SANITARIOS DEL BIOBIO (ESSBIO)
Rol
Fecha
25 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece JOSÉ PATRICIO FIGUEROA SAPIAINS, abogado, en representación de la JUNTA DE VECINOS NUEVA HORIZONTE 14G, representada por ANDREA DEL CARMEN LEIVA LEIVA, deduciendo recurso de Protección en contra de Empresa de Servicios Sanitarios del Bío-Bío S.A. (ESSBIO), representada legalmente por su Gerente General EDUARDO HID ABUAUAD ABUJATUM, por no haber efectuado la reparación, conservación y mantención del sistema de alcantarillados y tratamientos de aguas servidas del sector de la Villa Futuro, correspondiente a la jurisdicción de dicha junta de vecinos, afectando con ello las garantías del N°1, 2, 8 y 24 del artículo 19 la Constitución Política de la República. Relata que las más de 860 familias que habitan Villa Futuro sufren de manera permanente, sistemática y reiterada problemas con las redes de alcantarillado que se encuentran en mal estado, con más de 30 años de uso, sin que haya sido ampliada o mejorada, generando permanentes y reiterados episodios de rebalses de aguas servidas en calles y viviendas. Lo que produce malos olores, contaminación ambiental y enfermedades tanto respiratorias como gastrointestinales a los adultos mayores, niños y habitantes de la población, los cuales presentan diferentes enfermedades agudas y crónicas, tales como diarrea. A lo anterior se suman los vectores de riesgo en que se convierten los animales callejeros como perros y gatos, que transitan por las aguas servidas, beben de estas, aumentando la transmisibilidad de enfermedades infectocontagiosas, bacterias y virus, como el fiebre tifoidea o salmonella, además de los efectos colaterales de transitar por calles pestilentes. Expone que la recurrida argumenta haber solucionado y trabajado en dichas deficiencias con el objeto de mejorar el sistema de redes de alcantarillado, lo que no ha ocurrido dado que desde el año 2019 la prensa ya informaba de los problemas de construcción, filtraciones y humedad que ocurren el sector. Narra que los días 10, 11, 12, 30 y 31 de oc
Fundamentos
considerando quinto, el Auto Acordado sobre Tramitación y
Fallo
Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales exige que este se interponga dentro del plazo de 30 días contando desde la ocurrencia del acto o bien desde la omisión respectiva; y los rebalses de aguas servidas que el recurrente señala habrían ocurrido antes de los meses de octubre y noviembre del año 2022, resultan ser extemporáneos dado que datan de los años 2017, 2019 y 2020, como consta de los expedientes N°4412/2019, 4779 y 4940/2022 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, habiendo transcurrido largamente los 30 días para reclamar del mismo a la fecha de interposición de este recurso de protección,. NOVENO. Por último, como consta del ya mencionado informe técnico de la Unidad de Saneamiento de la SEREMI DE SALUD REGION BIO BIO, se encuentran en ejecución las obras de mejora en infraestructura de la Planta Elevadora Aguas Servidas Leonera y obras hidráulicas consistentes en la construcción de colector interceptor de aguas servidas contratado con la empresa Nahen Ltda, el cual ofrecería solución directa a los flujos de Aguas Servidas provenientes desde Villa Futuro, aumentando el caudal impulsado por la referida planta elevadora junto con la mantención de colectores en el sector, lo cual pretenden dar una solución integral a los problemas presentados por la red de recolección de aguas servidas del sector. Por lo anterior, no puede ser acogido la presenta acción de protección, dada que ésta tiene por objeto el amparo del libre ejercicio de las garan
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C.A. de Concepción Concepción, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Comparece JOSÉ PATRICIO FIGUEROA SAPIAINS, abogado, en representación de la JUNTA DE VECINOS NUEVA HORIZONTE 14G, representada por ANDREA DEL CARMEN LEIVA LEIVA, deduciendo recurso de Protección en contra de Empresa de Servicios Sanitarios del Bío-Bío S.A. (ESSBIO), representada legalmente por su Gerente General ED
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