SIN INFORMACION

MOSKOVICZ/WEITZEL

Rol

Fecha

25 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, compareció la abogada doña Daniela Andrea Awad Nabzo, por el querellante, en causa RIT 876-2023, RUC 2310004261-4, del 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, e interpuso recurso de hecho en contra de la resolución del aludido tribunal de fecha 27 de junio de 2023, que no concedió la apelación que dedujo su parte, en contra de la resolución dictada en audiencia de 20 de junio de del año en curso, en la se rechazó la solicitud de reapertura de la investigación por ser “improcedente”. Explica que su parte interpuso querella criminal por el delito de denuncia calumniosa y del delito de obstrucción a la investigación, en contra de don Felipe Eduardo González Labbé, don Rodrigo Alfonso Rettig Vargas, don Gunther Javier Weitzel Reyes y de don Marcelo Eduardo Rojas Barrera, ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la cual fue acogida a tramitación y permitió el inicio de la investigación por parte del Ministerio Público. Con fecha 3 de mayo de 2023 el Ministerio Público comunicó el cierre de la investigación sin haber efectuado ninguna diligencia investigativa. Por ello, en audiencia efectuada con fecha 20 de Junio de 2023, se rechazó la reapertura de la investigación y se mantuvo el cierre de la investigación comunicado por el ministerio público con fecha 3 de mayo de 2023, impidiendo la prosecución del procedimiento, por lo que se interpuso recurso de apelación en contra de dicha resolución dictada en audiencia, el que fue denegado mediante resolución de fecha 27 de junio de 2023, por estimar que el recurso de apelación es improcedente. Añade que la resolución de 20 de junio de 2023, rechazó la apertura del procedimiento, e impide la continuación del procedimiento, por lo que si se encuentra dentro de la hipótesis del artículo 370 en su letra a) del Código de Procedimiento Penal. Segundo: Que el tribunal recurrido remitió los antecedentes de primera instancia los que se tuvieron a la vista para resolver. Tercero: Que e

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 369 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la abogada doña Daniela Andrea Awad Nabzo, en representación de la parte querellante. Regístrese, comuníquese y devuélvase. N°Penal-3418-2023.- Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por el Ministro señora Paola Danai Hasbún Mancilla, el Fiscal Judicial señora Clara Isabel Carrasco Andonie y el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que, compareció la abogada doña Daniela Andrea Awad Nabzo, por el querellante, en causa RIT 876-2023, RUC 2310004261-4, del 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad, e interpuso recurso de hecho en contra de la resolución del aludido tribunal de fecha 27 de junio de 2023, que no concedió la apelación que dedujo

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