DARK ROOM SPA/TACLA - (LTE)
Rol
Fecha
25 de julio de 2023
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA (FALLO DEL
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, sustituyéndose en el motivo 8°), las palabras, “lucro cesante” por “daño emergente” en la frase, “… pretensión consistente en la indemnización de los perjuicios, habrá de acogerse respeto a los $3.000.000 que fueron entregados según consta en el numeral quinto del contrato, por concepto de “daño emergente”, por ser un error de transcripción, lo que se advierte claramente de la lectura del fallo. Y teniendo, además, presente: 1.- Que, el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil dispone que “La parte que sea vencida totalmente en un juicio o en un incidente, será condenada al pago de las costas. Podrá con todo el tribunal eximirla de ellas, cuando aparezca que ha tenido
Fundamentos
motivos plausibles para litigar …” 2.- Que, la demandada principal y demandante reconvencional, no fue vencida en su totalidad, además de estimar esta Corte que tuvo motivos plausibles para litigar, por lo que, conforme al artículo transcrito, se le eximirá de la condena en costas.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca, la sentencia dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, de fecha diecisiete de marzo de dos mil veintitrés, en los autos Rol N° 12541-2022, solo en cuanto impuso las costas a la parte demandada principal y demandante reconvencional y, en su lugar se declara en cambio, que se la exime de dicha carga procesal. Se confirma en todo lo demás la referida sentencia. Redactó la ministro María Paula Merino Verdugo. Regístrese y notifíquese. Civil Rol N° 6226-2023 No obstante, haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la ministra señora López, por ausencia.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, sustituyéndose en el motivo 8°), las palabras, “lucro cesante” por “daño emergente” en la frase, “… pretensión consistente en la indemnización de los perjuicios, habrá de acogerse respeto a los $3.000.000 que fueron entregados según consta en el numeral quinto del contrato, por concepto de “daño eme
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica