Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

VERA/COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCC

Rol

J-70-2022

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1º Que, con fecha 27 de abril 2022, se interpone demanda ejecutiva por doña MACARENA DEL PILAR VERA MESSER, ingeniera, representada por el abogado Claudio Vargas Chávez, en contra del COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO DE LA CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN (CORFO), representada por doña Naya Mabel Flores Araya. 2º Que, el título ejecutivo fundante corresponde a carta comunicación de término de contrato de trabajo, fechada el 28 de marzo de 2022, en la cual se invoca como causal de despido, la establecida en el artículo 161 inciso 2° del Código del Trabajo, esto es, la de “desahucio escrito del empleador”, en atención a su calidad de Director Ejecutivo del Comité. 3º Que, en el primer otrosí de la demanda, de conformidad a lo prevenido en los artículos 169 letra a) inciso 4°y 464 N°6 del Código del Trabajo, solicita se ordene el pago de sus indemnizaciones legales con el incremento de un 150% por el sobre el monto de las indemnizaciones, por años de servicio y sustitutiva por falta de aviso previo, ofertadas en la carta de aviso de término de contrato, con costas, ya que se le comunicó el término de su contrato por la causal establecida en el artículo 161 inciso segundo del Código del Trabajo, esto es, “desahucio escrito del empleador”, sin embargo a la fecha, pese a los requerimientos y habiendo transcurrido con creces el plazo legal de diez hábiles, la ejecutada no ha pagado la suma que le adeuda y que constituye una oferta irrevocable de pago simplemente, porque no ha querido, toda vez que habiendo formulado una oferta pura o simple e irrevocable debió cumplirla, pagar, en igual forma que lo hacía con las remuneraciones o por consignación, actitud de contraria que le ha ocasionado sendos perjuicios, por la imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones, perjuicios que necesariamente deben resarcirse integralmente, con el incremento impetrado. 4º Que, con fecha 3 de junio de 2022, se notifica de la demanda ejecutiva y mandamien

Fallo

se resuelve: Se rechaza la solicitud de incremento, sin costas. RIT: J-70-2022 RUC: 22-3-0084039-K Proveyó ANA MARÍA FIERRO OYARZO, Jueza del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción, a catorce de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución precedente. _____________________________________________________________________________________________________ Avda. Libertador Bernardo O’higgins 241 piso 11 oficina 1122, Concepción Teléfonos 412697624 – 412697628- 412697629- 412697630 jcobconcepcion@pjud.cl Código: XHXKZVTMEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jcobconcepcion@pjud.cl Código: XHXKZVTMEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-14T13:43:08-0400

Texto Completo (Preview)

JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE CONCEPCION PODER JUDICIAL CHILE Concepción, catorce de junio de dos mil veintidós. VISTO: 1º Que, con fecha 27 de abril 2022, se interpone demanda ejecutiva por doña MACARENA DEL PILAR VERA MESSER, ingeniera, representada por el abogado Claudio Vargas Chávez, en contra del COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DEL BÍO BÍO DE LA CORPORACIÓN DE FOMENT

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