MP C/ IGNACIO LISANDRO AREVALO SOLORZA
Rol
Fecha
24 de julio de 2023
Materia
SOBORNO.ART. 250. PERSONA NATURAL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la participación del imputado en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la eventual forma de cumplimiento por el hecho de registrar antecedentes penales pretéritos y la circunstancia de encontrarse sujeto a una medida cautelar de arresto domiciliario total al momento de ocurrencia de los hechos. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de quince de julio del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Ignacio Lisandro Arévalo Solorza. Devuélvase. N° 2200-2023 Penal
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En San Miguel, a veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Sala Rol N° 2200-2023 Penal Ruc: 2300762131-0 RIT: 3768-2023 Tribunal: 11° Juzgado de Garantía de Santiago Relatora: Florencia Saez Bugmann Digitadora: Janet Meléndez Triviño Caratulado: MP. C/ IGNACIO LISANDRO AREVALO SOLORZA Delito: Soborno art. 250 persona natural Tipo de recurso: Penal-apelación cautelar personal. Es
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