MAZA/JUZGADO DE GARANTÍA DE LOS ANDES
Rol
Fecha
24 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece Paula Maza Mardones, estudiante, en favor de Oscar Alfredo Maza Corea, nacionalidad argentina, DNI 16.113.544, e interpone acción constitucional de amparo a su favor a raíz de mantener una orden de ingreso al país vigente, constituyendo un acto que afecta su libertad personal de acuerdo a lo previsto en el artículo 19 N° 7° de la Constitución Política de la República de Chile. Señala que hace dos años, el amparado intento ingresar al país, acceso que le fue negado en base a una prohibición arbitraria efectuada por el Ministerio Público, en un procedimiento penal Rit 3665-2010, el que actualmente se encuentra concluido y prescrito. Añade que el motivo de querer ingresar al país, se debe a poder ejercer la reunificación familiar entre su hija y nieta. Solicita se deje sin efecto la prohibición de ingresar al país del amparado Oscar Alfredo Maza Corea. A folio 5, informa la Prefectura Provincial de Los Andes, Policía de Investigaciones de Chile, indicando que el consultado Oscar Alfredo Maza Corea, no registra antecedentes policiales ni medidas cautelares en su contra. Añade que no es posible acreditar los hechos expuestos en la acción de amparo, por cuanto no se indica fecha en que habrían ocurridos los hechos del supuesto rechazo de ingreso al país. A folio 4, informa doña Valeria Crosa Chiappe, juez titular del Juzgado de Garantía de Los Andes, señalando en lo pertinente que se siguió la causa que motiva el informe, figurando como concluida, con fecha 03 de diciembre de 2021, se decretó la prescripción de la acción penal respecto al amparado y se despachó contraorden a su favor. Actualmente no se registra orden de detención vigente como tampoco registra orden de arraigo en su contra. Se adjunta copia de la contraorden de detención despachada con fecha 03 de diciembre de 2021y certificado del Ministro de fe del Tribunal, indicando que el amparado no posee medidas cautelares del artículo 155 del Código de Procedimiento Penal en su contra.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes acompañados por el Juzgado de Garantía de Los Andes a folio 4 y lo informado por la Policía de Investigaciones de Chile, Prefectura Provincial de Los Andes a folio 5, consta que no existe prohibición de ingreso al país ni alguna medida cautelar vigente decretada en contra del amparado Oscar Maza Corea. Tercero: Así las cosas, este arbitrio no puede prosperar, pues la materia aquí reclamada no es de aquella por la cual se afecte la libertad personal del amparado, ni a la seguridad individual respecto de quien acciona, atendido lo cual se rechazará el arbitrio interpuesto.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por doña Paula Maza Mardones, en favor de Oscar Alfredo Maza Corea. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese N°Amparo-1374-2023. En Valparaíso, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de julio de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece Paula Maza Mardones, estudiante, en favor de Oscar Alfredo Maza Corea, nacionalidad argentina, DNI 16.113.544, e interpone acción constitucional de amparo a su favor a raíz de mantener una orden de ingreso al país vigente, constituyendo un acto que afecta su libertad personal de acuerdo a lo p
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