JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ EDUARD ALEXANDER SEPULVEDA RABANAL

Rol

Fecha

22 de julio de 2023

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que, conforme los antecedentes vertidos en la audiencia, se aprecian satisfechos los presupuestos materiales de la medida cautelar impuesta al imputado Eduard Alexander Sepúlveda Rabanal, dado que los elementos recabados a propósito de su detención en flagrancia, aparecen como suficiente justificación, en esta etapa procesal, de la existencia del ilícito por el que fue formalizado y su participación. En efecto, dichas circunstancias y, en especial, la fuerza que se cuestiona, aparecen respaldadas por la declaración de los ocupantes del inmueble, quienes encuentran al encartado dentro de la vivienda y por las fotografías que muestran la existencia de una reja perimetral. 2°.- Que, la necesidad de cautela viene dada por la naturaleza del delito, la pena asignada al mismo, las condenas anteriores que registra el encausado y encontrarse sometido a medidas cautelares en causa diversa, todo lo cual hace estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, siendo indispensable la prisión preventiva impuesta. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de quince de julio del año en curso, que decretó la prisión preventiva del imputado ya individualizado. Téngase por notificados a las intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-401-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de quince de julio del año en curso, que decretó la prisión preventiva del imputado ya individualizado. Téngase por notificados a las intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-401-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, veintidós de julio de dos mil veintitrés. Vistos: 1°.- Que, conforme los antecedentes vertidos en la audiencia, se aprecian satisfechos los presupuestos materiales de la medida cautelar impuesta al imputado Eduard Alexander Sepúlveda Rabanal, dado que los elementos recabados a propósito de su detención en flagrancia, aparecen como suficiente justificación, en esta etapa p

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