PABLO JAVIER ANIÑIR CALBUL CON SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
21 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En la presente causa, RIT O-13-2022, del Juzgado del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, Rol N° 290-2023 de esta Corte de Apelaciones, se ha dictado sentencia el 10 de abril de 2023, en virtud de la cual se rechazan, sin costas, las excepciones enderezadas por el Fisco de Chile en representación de la demandada, se acoge, la demanda enderezada por Pablo Javier Aniñir Calbul, en contra de Ministerio del Interior y Seguridad Publica, Servicio de Gobierno Interior, Delegación Presidencial Provincial de Arauco, parte integrante del Fisco de Chile, y se declara que entre las partes ha existido un contrato de trabajo desde el 17 de marzo de 2021 al 31 de mayo de 2022. Se declara, además, que despido de que fue objeto el actor fue injustificado y se hace lugar, asimismo, al cobro de prestaciones, y en consecuencia se condena al demandado al pago en favor del actor, de las prestaciones que se detallan en lo resolutivo del fallo, con intereses y reajustes, se rechaza en todo lo demás la demanda, se condena en costas al demandado por resultar totalmente vencido. En contra de esta sentencia recurre de nulidad don Georgy Schubert Studer, Abogado Procurador Fiscal de Concepción, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, por la parte demandada, fundado en dos causales subsidiarias: primeramente la establecida en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, por haberse incurrido en manifiesta infracción de las normas de apreciación de la prueba de acuerdo a la sana crítica, vulnerando los principios de la lógica; y seguidamente a el artículo 477 del Código del Trabajo, infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en la que se escucharon alegatos de las partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de nulidad es un medio de impugnación de carácter extraordinario y especial, pues por un lado, los agravios que produce el
Fallo
se declara que entre las partes ha existido un contrato de trabajo desde el 17 de marzo de 2021 al 31 de mayo de 2022. Se declara, además, que despido de que fue objeto el actor fue injustificado y se hace lugar, asimismo, al cobro de prestaciones, y en consecuencia se condena al demandado al pago en favor del actor, de las prestaciones que se detallan en lo resolutivo del fallo, con intereses y reajustes, se rechaza en todo lo demás la demanda, se condena en costas al demandado por resultar totalmente vencido. En contra de esta sentencia recurre de nulidad don Georgy Schubert Studer, Abogado Procurador Fiscal de Concepción, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, por la parte demandada, fundado en dos causales subsidiarias: primeramente la establecida en la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, por haberse incurrido en manifiesta infracción de las normas de apreciación de la prueba de acuerdo a la sana crítica, vulnerando los principios de la lógica; y seguidamente a el artículo 477 del Código del Trabajo, infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Declarado admisible el recurso, se procedió a su vista, oportunidad en la que se escucharon alegatos de las partes. CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de nulidad es un medio de impugnación de carácter extraordinario y especial, pues por un lado, los agravios que produce el fallo tienen que justificarse siempre en causales legalmente establecidas y por otro, el
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C.A. de Concepción Concepción, veintiuno de julio de dos mil veintitrés. VISTO: En la presente causa, RIT O-13-2022, del Juzgado del Juzgado de Letras y Garantía de Lebu, Rol N° 290-2023 de esta Corte de Apelaciones, se ha dictado sentencia el 10 de abril de 2023, en virtud de la cual se rechazan, sin costas, las excepciones enderezadas por el Fisco de Chile en representación de la demandada, se
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