MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTOPHER ANTONIO VALENZUELA OLIVERA
Rol
Fecha
21 de julio de 2023
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa ha apelado de la resolución de 16 de julio del presente año, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Cristopher Antonio Valenzuela Olivera, quien se encuentra acusado como autor del delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, cuestionando la proporcionalidad de esta medida cautelar, y ha solicitado se revoque la resolución en alzada, sustituyendo la prisión preventiva por la medida cautelar del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, esto es, privación de libertad en su casa, en carácter de total. 2°.- Que la necesidad de cautela para asegurar la comparecencia del acusado a la audiencia de juicio programada para el 04 de septiembre próximo, sólo se satisface con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta, pues resulta ser la única medida proporcional a aquélla, atendido a que otra de menor intensidad no resulta idónea, toda vez que estando sometido a aquella del artículo 155 letra a), tanto en su modalidad de parcial como total, no cumplió con su obligación procesal de concurrir a la audiencia de juicio, e incluso actualmente es objeto de una nueva investigación penal formalizada por un delito de igual naturaleza al que se encuentra acusado en la presente causa y respecto del cual ya tiene una condena. 3°.- Que en este orden de cosas la falta de proporcionalidad argüida por la defensa no es tal,
Fundamentos
considerando además que al imputado, el Ministerio Público en su acusación, solicita una pena privativa de libertad de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por lo que hasta esta hora, en el evento de ser condenado deberá cumplirla de manera efectiva. Por lo razonado y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140, 141, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de dieciséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Cristopher Antonio Valenzuela Olivera. Comuníquese por la vía más rápida y expedita al tribunal de origen. N°Penal-942-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCP/mfmm Concepción, veintiuno de julio de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°.- Que la defensa ha apelado de la resolución de 16 de julio del presente año, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva al imputado Cristopher Antonio Valenzuela Olivera, quien se encuentra acusado como autor del delito de robo en lugar habitado o destinado a la habi
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