COMERCIAL MMARKET SPA/AGRÍCOLA E INVERSIONES BMC LIMITADA - (LTE)
Rol
Fecha
20 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Manuel José Frei Barros, en representación de Comercial MMarket SpA, parte demandada en juicio sumario especial de término de contrato de subarrendamiento por no pago de rentas, caratulados “Agrícola e Inversiones BMC Limitada con Transporte Movi Truck y otra”, seguidos ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-6283-2020, y recurre de hecho en contra de la resolución dictada el 22 de julio de 2022, que no dio lugar al recurso de apelación deducido en contra de la resolución que rechazó el incidente de nulidad de todo lo obrado, por improcedente. Para fundar su recurso expone que en juicio sumario de terminación de contrato de arrendamiento, dicha parte alegó la nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento por los
Fundamentos
motivos que detalla en su recurso, incidencia que fue rechazada por el juez a quo, decisión respecto de la cual interpuso recurso de apelación. Sin embargo, por medio de la resolución recurrida, el tribunal desestimó conceder la apelación interpuesta, por improcedente, considerando que la resolución recurrida tiene naturaleza de sentencia interlocutoria que falla un incidente, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 N° 9 de la ley 18.101 no procedería el recurso intentado. Estima que la resolución que falla un incidente de nulidad es una sentencia interlocutoria y,
Fallo
por tanto, apelable, conforme con el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, pero no susceptible de casación en la forma ni en el fondo, por no poner término al juicio ni impedir su prosecución. Alega que, no obstante corresponder el presente juicio a uno de naturaleza sumaria especial, en la cual se dispuso por la ley 18.101 que sólo resultarían apelables la sentencia definitiva y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, se debe entender que el espíritu de aquella disposición legal sólo se traduce a aquellos recursos que se interpongan en el curso principal del juicio y no se refiere a cuestiones accesorias como lo es un incidente de nulidad procesal de todo lo obrado por falta de emplazamiento, en que el espíritu del legislador siempre ha sido que se tramiten por cuerda separada, como si fuera un juicio diverso al principal. Finaliza solicitando que se acoja su arbitrio y se declare admisible el recurso de apelación interpuesto por su parte. Segundo: Que evacuó informe Mauricio Vergara Vargas, juez suplente del Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, quien tras referirse a los antecedentes relevantes de la causa y del incidente de nulidad que motiva el presente recurso, expresó que el tribunal desestimó conceder el recurso de apelación intentando por la perdidosa atendido que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 N°9 de la ley 18.101, en este tipo especial de procedimiento sólo son apelables las sentencias d
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C.A. de Santiago Santiago, veinte de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Manuel José Frei Barros, en representación de Comercial MMarket SpA, parte demandada en juicio sumario especial de término de contrato de subarrendamiento por no pago de rentas, caratulados “Agrícola e Inversiones BMC Limitada con Transporte Movi Truck y otra”, seguidos
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