2º JUZGADO DE LETRAS DE BUIN

MANRÍQUEZ/ALBORNOZ

Rol

Fecha

20 de julio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Que la resolución recurrida –que indica que en el caso que se quisieran embargar bienes inmuebles o vehículos motorizados se deberá previamente acompañar los instrumentos que den cuenta del dominio del mismo por parte del ejecutado junto con su respectiva tasación–no se encuentra en ninguna de las hipótesis de los artículos 187 y 188 del Código de Procedimiento Civil, por lo que no procede su impugnación por la presente vía. Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución del treinta de junio del año dos mil veintitrés dictada en los autos Rol C-C907-2023 del Segundo Juzgado de Letras de Buin. Devuélvase por interconexión. Rol N°1327-2023 CIV

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 158, 188 y 189, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto en contra de la resolución del treinta de junio del año dos mil veintitrés dictada en los autos Rol C-C907-2023 del Segundo Juzgado de Letras de Buin. Devuélvase por interconexión. Rol N°1327-2023 CIV

Texto Completo (Preview)

CH (nkg) San Miguel, veinte de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Que la resolución recurrida –que indica que en el caso que se quisieran embargar bienes inmuebles o vehículos motorizados se deberá previamente acompañar los instrumentos que den cuenta del dominio del mismo por parte del ejecutado junto con su respectiva tasación–no se encuentra en ninguna de las hipótesis de los artículos 187 y

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