C.A. de Chillan

OJEDA ARIAS ROSA CONTRA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

44069-2022

Fecha

28 de julio de 2022

Materia

Criminal

Resultado

CONFIRMA SENTENCIA APELADA

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Hechos

Vistos y teniendo además presente: Que la tramitación de la visa de responsabilidad democrática solicitada por la parte recurrente debe ceñirse a la legislación vigente a la fecha de presentación de la solicitud respectiva, se confirma la sentencia apelada de ocho de julio de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, en el Ingreso Corte N° 142-2022, con declaración que los requisitos que se exijan a la parte actora para el otorgamiento del visado que ha solicitado, deben ser aquellos que se encontraban en vigencia a la fecha de su petición. Regístrese, comuníquese y devuélvase Rol N° 44069-2022.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo además presente: Que la tramitación de la visa de responsabilidad democrática solicitada por la parte recurrente debe ceñirse a la legislación vigente a la fecha de presentación de la solicitud respectiva, se confirma la sentencia apelada de ocho de julio de dos mil veintidós, dictada por la Corte de Apelaciones de Chillán, en

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