JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL SANTIAGO

ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON LUIS HUMBERTO CORRALES POLANCO - (CONTIENDA DE COMPETENCIA)

Rol

Fecha

20 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DIRIMIDA

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Hechos

Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 17.322 y como reiteradamente se ha sostenido por esta Corte, teniendo, además, presente que la ejecutante, mediante presentación de dieciocho de mayo del año en curso, señaló que el domicilio del ejecutado se encuentra ubicado en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, comuna que forma parte del territorio jurisdiccional del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, se dirime la contienda y se declara que es competente para seguir conociendo de estos antecedentes el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, al que se remitirán los antecedentes. Comuníquese, además, al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. N° Laboral - Cobranza-1885-2023.

Fallo

se declara que es competente para seguir conociendo de estos antecedentes el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, al que se remitirán los antecedentes. Comuníquese, además, al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. N° Laboral - Cobranza-1885-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veinte de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 17.322 y como reiteradamente se ha sostenido por esta Corte, teniendo, además, presente que la ejecutante, mediante presentación de dieciocho de mayo del año en curso, señaló que el domicilio del ejecutado se encuentra ubicado en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, comuna qu

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