MP C/ LUIS JAVIER RAMONES MORILLO
Rol
Fecha
20 de julio de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, el mérito de los antecedentes y
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, solicita que se revoque la resolución apelada y, se sustituya la prisión preventiva ordenando en su lugar la aplicación de las medidas cautelares, previstas en el art. 155 letras a), c), d) y e) del Código Procesal Penal. Luego alega el Ministerio Público solicitando que se rechace el recurso y se confirme la resolución apelada por considerar que la resolución apelada se ajusta a derecho en virtud de los antecedentes de la presente causa, manteniéndose de esta forma la prisión preventiva del imputado. Finalmente, alega el abogado de la víctima solicita que se rechace el recurso y se confirme la resolución apelada por considerar que es necesario mantener la prisión preventiva del imputado, principalmente para mantener la seguridad de la víctima y la sociedad. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. El Sr. Presidente de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Atendido lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, el mérito de los antecedentes y considerando que concurren todos los requisitos establecidos en el artículo 140 del Código Procesal Penal, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha doce de julio de dos mil veintitrés, manteniéndose la prisión preventiva del imputado por considerar que su libertad constituye efectivamente un riesgo para seguridad de la víctima y la sociedad. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. N° Penal- 887-2023. El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinte de julio de dos mil veintitrés. Sra. Marcela Robles Sanguinetti Relatora En Valdivia, veinte de julio de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTE DE JULIO DOS MIL VEINTITRÉS, PARA LA VISTA - POR LA PRIMERA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC 2300744557-1, RIT 4181-2023, ROL CORTE N° 887-2023 REF. Siendo las 9.29 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia del Ministro y Presidente de Sala Sr. J
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