MINISTERIO PUBLICO C/ MATIAS JESUS ZARZAR ESPINOZA
Rol
Fecha
20 de julio de 2023
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°.- Que, los antecedentes de la investigación del Ministerio Público, resultan suficientes para tener por acreditados, bajo el estándar procesal exigible en esta etapa, los presupuestos materiales de la prisión preventiva que pesa sobre el imputado Sebastián Contreras Valdés. En efecto, no existe controversia en torno a los elementos incautados a propósito de su detención en flagrancia. Luego, los argumentos que señala la defensa cuestionando la existencia de los delitos y su participación, se trata más bien de alegaciones de fondo que deberán ser definidas en el juicio oral respectivo, dado que, por ahora, de acuerdo con el informe de la Sección de Investigación Policial de Carabineros, el arma tendría las características de un arma de fuego modificada apta para el disparo. 2°.- Que, la necesidad de cautela concurre en este caso, dada la multiplicidad de delitos formalizados, la gravedad de la pena que enfrenta el imputado, la condena anterior que registra y el hecho de ejecutar las conductas formalizadas cumpliendo una pena sustitutiva, todo lo cual lleva a estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, siendo indispensable la cautelar vigente a su respecto. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de julio del año en curso que rechazó modificar la prisión preventiva del imputado Sebastián Alejandro Contreras Valdés. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 393 - 2023 Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de catorce de julio del año en curso que rechazó modificar la prisión preventiva del imputado Sebastián Alejandro Contreras Valdés. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C.: 393 - 2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán. - CIP/Cpr Chillán, veinte de julio de dos mil veintitrés. Vistos: 1°.- Que, los antecedentes de la investigación del Ministerio Público, resultan suficientes para tener por acreditados, bajo el estándar procesal exigible en esta etapa, los presupuestos materiales de la prisión preventiva que pesa sobre el imputado Sebastián Contreras Valdés. En efecto, no existe controversia en torn
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