GALLEGOS/VERGARA
Rol
Fecha
19 de julio de 2023
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
CONFIRMADA SIN COSTAS
Hechos
Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y
Fundamentos
considerando: Que en virtud a la naturaleza de las acciones deducidas en las causas Roles C-6-2016 y C-100-2019, ambas seguidas ante el Juzgado de Letras de Curepto, y al mérito de lo resuelto en ellas, resulta evidente que no se contradicen a las conclusiones de hecho y de derecho contenidas en la decisión sublite, que resuelve la acción reivindicatoria de autos. Por lo antes expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de veinticuatro de junio de dos mil veintidós, dictada en causa C-106-2020 del Juzgado de Letras de Curepto, sin costas del recurso. - no mil dieciochoo que se resuelva en la vista de la causaista y acuerdo de la causa, por encontrarse con feriado legal, de aRegístrese y devuélvase. Rol 1.337-2022 Civil.
Fallo
fallo en alzada. Y considerando: Que en virtud a la naturaleza de las acciones deducidas en las causas Roles C-6-2016 y C-100-2019, ambas seguidas ante el Juzgado de Letras de Curepto, y al mérito de lo resuelto en ellas, resulta evidente que no se contradicen a las conclusiones de hecho y de derecho contenidas en la decisión sublite, que resuelve la acción reivindicatoria de autos. Por lo antes expuesto y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la sentencia definitiva apelada de veinticuatro de junio de dos mil veintidós, dictada en causa C-106-2020 del Juzgado de Letras de Curepto, sin costas del recurso. - no mil dieciochoo que se resuelva en la vista de la causaista y acuerdo de la causa, por encontrarse con feriado legal, de aRegístrese y devuélvase. Rol 1.337-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
Talca, diecinueve de julio de dos mil veintitrés. Visto: Se reproduce el fallo en alzada. Y considerando: Que en virtud a la naturaleza de las acciones deducidas en las causas Roles C-6-2016 y C-100-2019, ambas seguidas ante el Juzgado de Letras de Curepto, y al mérito de lo resuelto en ellas, resulta evidente que no se contradicen a las conclusiones de hecho y de derecho contenidas en la decisió
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica