JARA/APABLAZA
Rol
Fecha
19 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Marcelo Alejandro Infante Alcaino, abogado en representación de Waleska Betizu Jara Salinas y recurre de protección en contra de Mauricio Antonio Apablaza Mella, Teniente Coronel de Carabineros, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Resolución Exenta N°10, de 5 de abril de 2023 que dispuso la eliminación de las filas de la institución por mala conducta, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 N°2, 3 inciso quinto y 24 de la Constitución Política de la República. Explica que la recurrente es Cabo 1° de la dotación de la 49° Comisaria de Carabineros de Quilicura. El 21 de marzo de 2023, desarrolló el servicio del primer turno entre las 08:00 y las 15:00 horas, a las 11:30 horas fue llamada a la Comisaria donde se procedió a realizarle un examen de orina para detectar el consumo de drogas. Agrega que la realización del examen fue totalmente voluntaria. En cuanto al examen realizado señala que, el 24 de marzo de 2022 el Departamento de Control y Prevención de Drogas, a través del Documento Electrónico informó que el examen de la recurrida resultó positivo para cocaína, sin embargo, recién fue notificada el 29 de marzo de 2023 impidiéndole realizar la contramuestra. Reclama que la demora en notificar el resultado del examen constituye una contravención a lo dispuesto por el numeral 18 del Título III sobre “Procedimiento de Análisis, Custodia y Eliminación de Muestra” que dispone: “En el evento de arrojar la muestra screening resultado positivo, en el análisis clínico de Laboratorio externo; el Jefe de Departamento Control y Prevención de Consumo de Drogas informará por Documentación Electrónica Secreta al Jefe de la Alta Repartición o Repartición de la cual dependa el funcionario afectado, quien deberá notificarlo de esta circunstancia, en el más breve plazo, que no exceda de doce horas. En el caso de no encontrarse ubicable, deberá ser notificado vía Carta Certificada”. Agrega que, el 31 d
Fallo
Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Waleska Betizu Jara Salinas, contra de Mauricio Antonio Apablaza Mella en su calidad de Teniente Coronel de Carabineros. Regístrese, notifíquese y, oportunamente, archívese. N°Protección-8783-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de julio de dos mil veintitrés. Al folio 10; téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Marcelo Alejandro Infante Alcaino, abogado en representación de Waleska Betizu Jara Salinas y recurre de protección en contra de Mauricio Antonio Apablaza Mella, Teniente Coronel de Carabineros, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la Re
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