/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
19 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de julio del presente año comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de IGNACIO ANTONIO SOTO ROJAS, cédula nacional de identidad N°18.982.681-8, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el C.C.P. de Linares y, en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, por la resolución de 6 de abril del año 2023, que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el señor Soto Rojas se encuentra cumpliendo condena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, la cual inició el 8 de febrero de 2021, debiendo culminar el 9 de febrero de 2024. Adiciona que el tiempo mínimo de postulación se cumplió el 9 de febrero de 2023, registrando 4 bimestres de muy buena conducta. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 y 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…si bien el postulante cuenta con un bajo compromiso delictual, presenta un riesgo medio de reincidencia, valor que se mantiene respecto del riesgo de violencia sexual, encontrándose a la espera de participar en el programa de intervención especializada dirigido para ofensores sexuales, el cual se encuentra en proceso de evaluación. En este sentido, la no intervención podría ser una situación de alto riesgo, dado el nivel de riesgo de reincidencia y sus distorsiones cognitivas. El postulante reconoce su participación en los hechos por los que cumple condena, sin embargo, no admite toda la responsabilidad del delito, manifestando que fue con consentimiento de la víctima, no logrando reflexionar respecto a las consecuencias de la conduct
Fundamentos
considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Camilo Bahamondes Oses, en favor de IGNACIO ANTONIO SOTO ROJAS, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución dictada el 6 de abril de 2023. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 305-2023/Amparo. EDA/eda
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Talca, diecinueve de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 13 de julio del presente año comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de IGNACIO ANTONIO SOTO ROJAS, cédul
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