SIN INFORMACION

ZÚÑIGA/FALABELLA S.A.

Rol

Fecha

18 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 8 de febrero de 2023 comparece don Omar Andrés Abuid Abusleme, abogado, en representación de doña Ana Ximena Zúñiga Gallardo, jubilada, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Banco Falabella S.A., representado legalmente por don Gastón Bottazzini Brunelos, a fin de que se ordene la devolución íntegra de la suma de dinero defraudada, ascendente a $8.307.973, de los que sólo le han devuelto $1.219.629, todo con costas. Expone que la actora tiene una cuenta corriente aperturada en el banco recurrido hace dos años y, en ese marco, el 28 de noviembre de 2022, la recurrente, de 68 años de edad, se encontraba en su domicilio, cuando alrededor de las 22 horas se percató que se habían realizado transferencias desde la referida cuenta, y compras, por un total de $5.280.973, y con la tarjeta de crédito, se habían realizado compras por $3.027.000. Indica que esto la sorprendió, porque no autorizó a ninguna persona para realizar esas operaciones, las que tampoco realizó ella, tratándose evidentemente de un fraude. Al revisar las compras, corroboró que eran absolutamente inusuales y, las transferencias, correspondían a terceras personas desconocidas. Habiendo sido defraudada en $8.307.973, llamó de inmediato al banco, sin recibir respuesta vía telefónica, aumentando su desesperación por existir fondos que podrían seguir siendo mal utilizados por terceros, por lo que concurrió ante Carabineros a realizar la respectiva denuncia. Agrega que al día siguiente, 29 de noviembre de 2022, a primera hora volvió a llamar al banco, recibiendo respuesta de una ejecutiva, quien procedió a bloquear sus tarjetas de crédito y débito, sin realizar otra gestión, a pesar de la gravedad de los hechos. Refiere que entre los hechos y la interposición de la acción se ha contactado en varias oportunidades con distintos ejecutivos del banco, a fin de obtener información sobre las diligencias que estaba adoptando el recurrido y,

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales: I.- Se rechaza la alegación de extemporaneidad; y II.- Se rechaza el recurso de protección deducido por Omar Andrés Abuid Abusleme, en representación de Ana Ximena Zúñiga Gallardo, en contra del Banco Falabella S.A., sin costas. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-1440-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Al escrito folio 17: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 8 de febrero de 2023 comparece don Omar Andrés Abuid Abusleme, abogado, en representación de doña Ana Ximena Zúñiga Gallardo, jubilada, interponiendo acción constitucional de protección en contra de Banco Falabella S.A., representa

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