SIN INFORMACION

SILVA/COMISIÓN MÉDICA REGIONAL DE LA SERENA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES Y OTRO

Rol

Fecha

18 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece MARCELO ANDRÉS MORALES VALDÉS, chileno, egresado de derecho, y deduce recurso de protección en favor de JENNY BERNARDITA SILVA AGUILERA, profesora de matemáticas y computación, y en contra de la COMISIÓN MÉDICA REGIONAL DE LA SERENA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, representada legalmente por su presidente don AXEL MAX SCHMIDT CHEPILLO, médico cirujano y en contra de la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, representada legalmente por su presidente doña MARÍA ADRIANA MONTENEGRO VARAS. Señala que, la recurrente el 21 de septiembre de 2022, aquejada por una “COXARTROSIS GONARTROSIS BILATERAL MAS HERNIA DEL NÚCLEO PULPOSO OPERADA” de larga data, que le impedían realizar sus actividades cotidianas y, y haciendo uso de licencia médica prolongada desde mes de abril de 2022 a esta época, inició las acciones tendientes a obtener una pensión de invalidez. Indica que el 14 de febrero pasado fue sometida a una artroplastia total de rodilla derecha, evidenciando además una Gonartrosis contralateral severa en su rodilla izquierda que también debe ser intervenida quirúrgicamente, sin que exista fecha determinada para tal procedimiento. Señala que el 15 de diciembre de 2022, fue extendida la Orden de Examen Médico Interconsultor dirigida a la doctora doña Gilda Parra Fierro (Neurocirujana), la cual consigna como diagnóstico a evaluar: “COXARTROSIS GONARTROSIS MAS I3” y que el 08 de marzo, la recurrente fue notificada del Dictamen de Invalidez Nro. 005.946/2023 del 22 de febrero de 2023, emanado de la Comisión Médica de la Región de La Serena, la que en Sesión Nro. 22, acordó rechazar su solicitud de pensión de invalidez, basándose para ello en los siguientes razonamientos “ VISTOS: solicitud de pensión invalidez del afiliado ya individualizado, de fecha 21 de septiembre de 2022, los antecedentes e informes médicos consignados en el expediente de calificación de invalidez n°511954, y su compa

Fundamentos

Considerando: Que las enfermedades alegadas como invalidantes, no alcanzan a provocar una pérdida de la capacidad de trabajo de a lo menos el 50%,

Fallo

se acuerda rechazar la solicitud de pensión de invalidez. Expone que los facultativos que conformaron la Comisión Médica tenían la absoluta atribución de poder someter a la actora a exámenes que hubieren considerado necesarios o bien, solicitar nuevos antecedentes relacionados con la Gonartrosis Bilateral, condición que, precisamente motivó el procedimiento de invalidez. Nada de ello ocurrió. Señala que se dedujo el respectivo reclamo para ante la Comisión Médica Central, ente que luego de conocer y analizar el recurso, rechaza y confirma lo resuelto en primera instancia, por intermedio de la Resolución CMC 4026/2023 del 04 de abril de 2023, concluyendo que se acuerda: “rechazar el reclamo y confirmar el Dictamen N°005.946/2023 de la Comisión Médica de La Serena, del 22 de febrero de 2023, que declara que no procede otorgar invalidez. OBSERVACIÓN: Su incapacidad global alcanza un 25%. Expone que de los antecedentes esgrimidos por el organismo ad quem, se colige una serie de situaciones que tornan aún más confuso el procedimiento en práctica y que dejan de manifiesto un comportamiento arbitrario. Indica que el ente colegiado hace referencia que la Gonartrosis Bilateral, Artroplastia de rodilla derecha queda “BOT por tratamiento en evolución”, debiendo cumplir 12 meses post operatorio bajo tratamiento para reevaluar si su impedimento configura menoscabo laboral y que además se eleva el porcentaje de menoscabo por lumbago establecida por la Comisión Médica Regional de un 15%

Texto Completo (Preview)

Silva Aguilera, Jenny Bernardita Comisión Médica Regional de La Serena y otra. Recurso de protección Rol Nº 1085-2023 La Serena, dieciocho de julio dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece MARCELO ANDRÉS MORALES VALDÉS, chileno, egresado de derecho, y deduce recurso de protección en favor de JENNY BERNARDITA SILVA AGUILERA, profesora de matemáticas y compu

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