ALTAMIRA CHILE S.A. CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL STGO ORIENTE
Rol
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
RESOLUCIÓN
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Visto y teniendo presente: Atendido el mérito de lo discutido por las partes, y siendo necesario incorporar un punto de prueba relativo a las operaciones cuestionadas, se confirma la resolución apelada de fecha siete de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana en RIT N°GR-15-00028-2022,, con declaración que se incorpora como un segundo punto de prueba aquél solicitado por la parte reclamada en su escrito de trece de marzo del año en curso, esto es: “Acredítese la efectividad y veracidad material de las operaciones cuestionadas mediante la Resolución Exenta N° 1705, de 21 de Julio de 2022, como asimismo la procedencia y pago de los créditos fiscales cuya devolución impetra, correspondientes al periodo de febrero de 2021, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 N° 5 de la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios. Hechos, antecedentes y circunstancias que lo acrediten.” Por encontrarse subsumido lo solicitado por la parte reclamante, se rechaza su apelación, quedando confirmada la resolución en alzada en este punto. Regístrese y devuélvase. N°Tributario Y Aduanero-169-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Atendido el mérito de lo discutido por las partes, y siendo necesario incorporar un punto de prueba relativo a las operaciones cuestionadas, se confirma la resolución apelada de fecha siete de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana en
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