UGALDE CON SILVA
Rol
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
REVOCA Y OMITE
Hechos
Vistos: Atendido que el artículo 113 del Código de Procedimiento Civil, hace aplicable a los peritos las mismas causales de implicancia y recusación que rigen a los jueces y
Fundamentos
considerando que el perito designado en autos ya emitió opinión sobre la cuestión técnica sobre la que versa la pericia, en el peritaje que fue anulado, no resulta procedente mantener su designación para la práctica del nuevo peritaje ordenado en la causa. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinte de marzo de dos mil veintitrés, dictada a Folio 12 del cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado, en cuanto dispuso que el perito Brito Salas citara a las partes a audiencia de reconocimiento y, en su lugar,
Fallo
se resuelve que el tribunal de primera instancia deberá designar un nuevo perito de la lista y continuar con la tramitación de la causa como en derecho corresponda. De conformidad a lo antes resuelto, se omite pronunciamiento sobre el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de treinta y uno de marzo de dos mil veintitrés, que motivó el ingreso Rol 572-2023, por haber perdido oportunidad. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 460-2023.Civil. (Acumulada 572-2023)
Texto Completo (Preview)
//mjcv C.A. de Rancagua Rancagua, dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido que el artículo 113 del Código de Procedimiento Civil, hace aplicable a los peritos las mismas causales de implicancia y recusación que rigen a los jueces y considerando que el perito designado en autos ya emitió opinión sobre la cuestión técnica sobre la que versa la pericia, en el peritaje que fue anula
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