SIN INFORMACION

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

18 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, el 13 de julio del año en curso, comparece don CAMILO BAHAMONDES OSES, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, deduciendo recurso de amparo en favor de PATRICIO MIGUEL MUÑOZ ORTEGA, cédula nacional de identidad N°17.171.603-9, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares , en contra de la resolución de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL de 6 abril último, que denegó la Libertad Condicional del amparado. Indica, que el amparado actualmente cumple condena de 6 años y un día de presidio Mayor en su grado mínimo por delito de Robo en lugar habitado en causa RUC 1700986323-0 del Juzgado de Garantía de Linares. Agrega, que inició el cumplimiento de las condenas el 19 de marzo de 2018, debiendo terminar el 20 de marzo de 2024. Además, que el amparado cumplió el tiempo mínimo para postular al proceso de Libertad Condicional el 20 de marzo de 2022, y que registra actualmente 4 bimestres de Muy Buena conducta. Manifiesta, que la Comisión decidió rechazar la petición de Libertad Condicional porque el amparado, argumentando lo siguiente:“6. PATRICIO MIGUEL MUÑOZ ORTEGA, cédula nacional de identidad N°17.171.603-9, del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, por estimar que no cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del D.L. 321, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, consta que el postulante cuenta con antecedentes penales pretéritos, con un alto compromiso delictual y alto riesgo de reincidencia. Durante su último año de reclusión no ha participado formalmente en actividades deportivas, recreativas, artísticas y culturales que conforman el programa DRAC al interior de la unidad penal. En el mes de febrero de 2022, accedió a beneficios intrapenitenciarios (salida dominical) y p

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle el beneficio de la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, se declara que SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducido por don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de PATRICIO MIGUEL MUÑOZ ORTEGA, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional con fecha 6 de abril de 2023. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Rol 306-2023/Amparo.

Texto Completo (Preview)

AMPARO Rol N° 306-2023 Talca, dieciocho de julio de dos mil veintitrés. VISTO: PRIMERO: Que, el 13 de julio del año en curso, comparece don CAMILO BAHAMONDES OSES, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº 12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, deduciendo recurso de amparo en favor de PATRICIO MIGUEL MUÑOZ ORTEGA, c

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