JUZGADO DE LETRAS DE LAUTARO

/HERNÁNDEZ

Rol

Fecha

17 de julio de 2023

Materia

LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA PERSONA NATURAL

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veintitrés, cuyo texto consta en la carpeta digital. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro (s) Sr. Luis Olivares Apablaza, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada, por cuanto ninguna de las disposiciones contenidas en la Ley N° 20.027 dice relación con una ley concursal especial, ya que no establece alguna solución ante la insolvencia de un deudor obligado al mutuo educacional con aval del Estado, sino que se limita a establecer condiciones particulares de pago frente a la cesantía sobrevenida del deudor o la de la exigibilidad de la obligación, por lo que no configura la hipótesis establecida en el artículo 8 de la Ley N°20.720. Devuélvase. N°Civil-680-2023. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, diecisiete de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha catorce de abril de dos mil veintitrés, cuyo texto consta en la carpeta digital. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro (s) Sr. Luis Olivares Apablaza, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada, por cuanto ninguna

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