ERIC YOVAN G. ARANDA CABELLO / COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
17 de julio de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece Eugenia Cabello Contreras, madre de Eric Yovan Aranda Cabello, interno residente del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien recurre de amparo contra dicho recinto y Gendarmería de Chile, y solicita se disponga traslado al módulo 111, atendido que ha recibido amenazas de muerte y presenta conflictos con internos de otros módulos. Refiere que su hijo ha sido cambiado de módulo en diversas oportunidades, ha sido sujeto de diversos castigos, actualmente está con privación de visita y tiene fecha de juicio el 9 de agosto próximo. A folio 4 se tuvo a la vista amparo 1140-2023, correspondiente a recurso de amparo interpuesto a favor de la misma persona el 29 de mayo de 2023, por cambio de módulo, pidiendo se ordenara su reintegro al módulo N°111, el que fue rechazado por sentencia del 2 de junio pasado. A folio 5 informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien señala que el interno estuvo desde el 24 de junio pasado, en el módulo N°110. El 11 de julio se negó a permanecer al interior de dicho módulo, razón por la cual fue desalojado, siendo constatadas sus lesiones, para luego ser dejado al interior del módulo N°108, en calidad de aislamiento preventivo, instancia en la cual en ningún momento manifestó tener problemas de convivencia en los demás módulos de imputados. Agrega que el día del informe, 13 de julio pasado, se le tomó declaración al interno, quien dijo que tiene problemas de convivencia con diversos internos y solicitó ser dejado al interior del módulo N°111, donde su integridad física no corre riesgo. Por ultimo refiere que efectivamente el amparado presenta problemas de convivencia al interior del Complejo Penitenciario de Valparaíso, por lo que, con el fin de resguardar su integridad física, conforme a metodologías de segmentación de parte de la Oficina de Clasificación, será dejado al interior del Módulo N°111. Adjunta declaración del interno, el que dice que el día anterior se negó a permanecer al inte
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que según dispone el artículo 3° letra a) del Decreto Ley N° 2.859 de 1979 -Ley Orgánica de Gendarmería de Chile-, en relación con lo previsto en los artículos 11, 25 y 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios -aprobado por el Decreto N° 518 de 1998 del Ministerio de Justicia-, le corresponde a Gendarmería determinar la unidad penal y el módulo en donde los internos cumplen las penas corporales que les han sido impuestas. Segundo: Que de acuerdo a los antecedentes del amparado, expuestos en el informe de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, en especial, las 3 faltas al régimen intrapenitenciario cometidas en menos de 10 meses, el amparado no posee la segmentación adecuada para habitar el módulo N°111, sobre todo considerando que fue en ese módulo que cometió la segunda de las faltas indicadas más arriba, esto es, tenencia de un elemento prohibido (celular) el 2 de mayo del presente año. Tercero: Que,
Fallo
por lo expuesto, no se advierte en el obrar de Gendarmería alguna ilegalidad que pueda fundamentar el acoger el presente recurso, por lo que esté será desestimado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Autoacordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Eric Yovan Aranda Cabello contra Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. No sujeto a anonimización. N°Amparo-1343-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecisiete de julio de dos mil veintitrés. VISTOS: A folio 1 comparece Eugenia Cabello Contreras, madre de Eric Yovan Aranda Cabello, interno residente del Complejo Penitenciario de Valparaíso, quien recurre de amparo contra dicho recinto y Gendarmería de Chile, y solicita se disponga traslado al módulo 111, atendido que ha recibido amenazas de muerte y presenta con
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