SIN INFORMACION

CHERAZARD/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

17 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA, RECHAZA EXCEPCIONES

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Nicole Gedeon, trabajadora, de nacionalidad haitiana, por si y en representación de sus hijos menores de edad Nidia Cherazard y Jhisonley Cherazard, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto de la solicitud de residencia definitiva presentada por la primera y permanencia transitoria respecto de sus hijos. Indica que solicitó la residencia definitiva en el año 2021 y para sus hijos la permanencia transitoria, quienes se encuentran en Haití, no indicando la fecha de presentación, sin que hasta ahora exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida respecto de las peticiones. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de las solicitudes sin dar respuesta alguna constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre las peticiones planteadas, adoptando las medidas necesarias para restablecer el derecho. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, previo a evacuar su informe, solicita se declare la inadmisibilidad de la acción impetrada por cuanto, según lo ha señalado la Excma. Corte Suprema, no existe ilegalidad ni arbitrariedad ni aun en grado de amenaza que pueda ser tutelada mediante el presente arbitrio excediendo la materia con creces la tutela cautelar que es propia de la acción de protección. Reclama, además, que al no exi

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitucióń Política de la Republica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia se declara que: I.- Se rechaza la inadmisibilidad del presente recurso de protección. II.- Se rechaza la excepción de falta de legitimación pasiva. III.- Se acoge, sin costas, el recurso de proteccióń deducido por Nicole Gedeon en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver su solicitud de permanencia definitiva en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 2236-2023 Protección.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Cuarta Sala, por el recurso el abogado don Francisco Meneses Cayulao. San Miguel, 17 de julio de 2023. Florencia Saez Bugmann, relatora. San Miguel, diecisiete de julio de dos mil veintitrés. A folio 9: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Nicole Gedeon, trabajadora, de nacionalidad haitiana, por si y en rep

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