C/ IGNACIO ESTEBAN VALDES BADILLA
Rol
Fecha
14 de julio de 2023
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Este tribunal tiene en consideración la dinámica de los hechos imputados en el acto de formalización y su calificación jurídica, la que para esta etapa de indagación penal este tribunal comparte, antecedentes que permiten concluir que se satisfacen los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del CPP, sin perjuicio de lo que se resuelva sobre el fondo del asunto en la oportunidad procesal pertinente. Por otro lado, los hechos deben ser analizados en el contexto en que estos tienen lugar y el factor de riesgo involucrado, siendo relevante indicar que se trata de una solicitud de medidas cautelares que debe cumplir los requisitos de las reglas generales del CPP, pero también los previstos en la Ley N° 20.066, y existiendo antecedentes suficientes para estimar que la víctima se encuentra en una situación de riesgo producto de los hecho imputados, de las relación de contexto y de los vínculos entre el imputado y la víctima, quien ha realizado denuncias previas contra el mismo agresor, es obligación del tribunal adoptar medidas concretas para garantizar su seguridad y otorgar la debida protección que se solicita, razones por las cuales la resolución en alzada será enmendada. En el contexto descrito, y teniendo presente lo previsto en los artículos 7° y 9° de la Ley N° 20.066, y que existen antecedente que evidencia una situación de conflictos y agresiones de larda data, a lo cual se agrega que el imputado registra antecedentes penales en el sistema como adolescente, se concluye por este tribunal que la libertad del imputado es un peligro para la seguridad de la víctima y que la medida que resulta proporcional para garantizar además los fines del procedimiento, es la solicitada por el Ministerio Público. En consecuencia, se revoca la resolución apelada de doce de julio pasado, dictada por el Juzgado de Garantía de colina, por la cual no se accedió a lo solicitado por el Ministerio Público y en su lugar se declara que el imp
Fallo
se declara que el imputado Ignacio Estaban Valdés Badilla queda en esta causa sujeto a la medida cautelar personal de prisión preventiva. Devuélvase la competencia. Penal-3638-2023. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, catorce de julio de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-3638-2023 Ruc: 2300749134-4 Rit : O-3778-2023 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: los Ministros señora Jessica De Lourdes González Troncoso, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señora Barbara Vidaurre Miller Relator: Arturo Chadwick Digitador (a): José An
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