FREDES/CRESPO
Rol
Fecha
18 de julio de 2023
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo señalado en artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en los juicios sumarios, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes, y conforme lo dispone el artículo 90 del mismo Código, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha veintisiete de junio pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintidós de junio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-10457-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha veintisiete de junio pasado, en contra de la resolución dictada con fecha veintidós de junio de dos mil veintidós. Comuníquese. N°Civil-10457-2023.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Que, atendido lo señalado en artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, la prueba en los juicios sumarios, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes, y conforme lo dispone el artículo 90 del mismo Código, las resoluciones que se pronuncien
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