SIN INFORMACION

CASARES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio1, se deduce recurso de amparo en favor de Estefanía Casares Santiago, de nacionalidad española, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de residencia temporal e impedir con ello permanecer en el país al no dictar la resolución final, la que fue solicitada en calidad de dependiente, realizada con fecha 5 de noviembre de 2022. Explica que su cónyuge Manuel Escamilla García-Galán, realizó en la fecha señalada solicitud de visa de residencia temporal en favor de la amparada y sus dos hijos en común, menores de edad. Agrega que en el contexto de tramitación de esta visa de residencia temporal, con fecha 11 de enero de 2023, la recurrida le comunicó que su solicitud se encontraba incompleta, señalándole que debía adjuntar certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado, otorgándole un plazo de 60 días para subsanar. Que, encontrándose dentro de plazo, el 16 de enero de 2023, la amparada subsanó lo requerido. Además, con fecha 14 de enero de 2023 se otorgó el permiso de residencia temporal a su cónyuge solicitante y sus dos hijos en calidad de dependientes, pero no de la amparada. El 4 de febrero de 2023, la amparada junto a su grupo familiar ingresó al país, pero bajo distinta situación migratoria, teniendo ella solo un permiso de permanencia transitoria de 90 días, viéndose obligada a salir del país y volver a ingresar con fecha 29 de abril de 2023, bajo un nuevo permiso de permanencia transitoria por 90 días, el que tiene vencimiento el día 28 de julio del presente año. Señalan que a la fecha no han obtenido respuesta terminal respecto de su solicitud, generándole una perturbación en su derecho a la libertad ambulatoria, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, además de infringir lo establecido en la ley de procedimiento administrativo N° 19.880. Solicitan, en definitiva, que se ordene a la recurrida resolver la solicitud de resid

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, lo peticionado en el presente recurso, consiste en ordenar al Servicio Nacional de Migraciones que resuelva su solicitud de residencia temporal. Tercero: Que, de lo expuesto e informado, se observa que la materia objeto del recurso de amparo en estudio, no es de aquellas que se encuentran contempladas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en cuanto no se divisa afectación ni a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quién se acciona. En efecto, el derecho a la libertad personal, particularmente la ambulatoria, no se ve amagada con el hecho de que no se haya resuelto su trámite de residencia temporal, más aún, si se estima que la amparada cuenta con permiso de permanencia transitoria vigente, prolongación que puede ser impugnada por medio de un reclamo administrativo o bien, una acción de protección, si se estima que se ha vulnerado algún derecho fundamental de la actora, pero no por medio de una acción como la ejercida en autos.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo deducida en favor de Estefanía Casares Santiago, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y en oportunidad, archívese. N°Amparo-1315-2023.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de julio de dos mil veintitrés. Vistos: A folio1, se deduce recurso de amparo en favor de Estefanía Casares Santiago, de nacionalidad española, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de su solicitud de residencia temporal e impedir con ello permanecer en el país al no dictar la resolución final, la que fue solic

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