SIN INFORMACION

ESMIR AGNIEL RONDON / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo por Andrea Flores González, de nacionalidad chilena, a favor de su esposo, Esmir Agniel Rondón, de nacionalidad venezolana, ambos domiciliados en Limonares, pasaje Los Naranjos 16 C, departamento E. Viña del Mar, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N° 23247044 del 29 de junio de 2023, que rechazó la solicitud de regularización extraordinaria del artículo 8° Transitorio de la Ley N°21.325, al no presentar certificado de antecedentes penales, correspondiente a su país de origen, vigente y debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile del país emisor del documento, y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y, consecuencialmente, decreta el abandono del amparado del territorio nacional. Expone la recurrente que se presentaron todos los antecedentes requeridos los que no fueron analizados y, la presunta subsanación a la que se hace referencia, no fue recibida. Por su parte, indica que se encuentra casado desde 2018, con su esposa de nacionalidad chilena, por lo que estima su expulsión es desproporcionada y ocasionaría la separación del matrimonio. A folio 14, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Expone que el 11 de julio de 2021, el amparado solicitó regularización migratoria conforme a lo dispuesto en el artículo 8° transitorio de la Ley Nº21.325. Agrega que en la pestaña que corresponde al certificado de antecedentes penales legalizado o apostillado, ingresó un documento equivocado, correspondiente a la visa temporaria. Que, mediante Comunicación electrónica Folio N°26339883 de fecha 11 de julio de 2022 se le informó al extranjero que su solicitud se encontraba incompleta o era insuficiente y se le otorgaron 60 días para subsanar. Dicha comunicación fue notificada a su correo electrónico. Que, mediante Comunicación Electrónica Folio N°35087777 de fecha 03 de marzo de 2023 se le i

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, el actor cuestiona la Resolución Exenta N° 23247044 del 29 de junio de 2023, que rechazó la solicitud de regularización extraordinaria del artículo 8° Transitorio de la Ley N°21.325, al no presentar certificado de antecedentes penales, correspondiente a su país de origen debidamente apostillado o legalizado. Tercero: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo prevenido en el artículo 8° Transitorio de la Ley N° 21.325, se advierte que el acto recurrido, ha sido dictado por órgano competente, debidamente fundamentado y ajustado a la normativa vigente, la decisión fue adoptada por la autoridad migratoria dentro de la esfera de sus atribuciones, sin que le corresponda a ésta Corte sustituir en dicho análisis al ente recurrido por esta vía cautelar. Cuarto: Que, conforme a lo razonado precedentemente, el acto impugnado se encuentra ajustado a derecho, sin que se advierta ilegalidad del mismo, como lo pretende el recurrente, por lo que corresponde rechazar la acción, como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida por Andrea Flores González, a favor de Esmir Agniel Rondón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Se deja sin efecto la orden de no innovar decretada en autos. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N°Amparo-1292-2023. En Valparaíso, catorce de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de julio de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo por Andrea Flores González, de nacionalidad chilena, a favor de su esposo, Esmir Agniel Rondón, de nacionalidad venezolana, ambos domiciliados en Limonares, pasaje Los Naranjos 16 C, departamento E. Viña del Mar, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de

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