SIN INFORMACION

SANES / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de julio de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Danissa Solynier Sanes Pérez, de nacionalidad venezolana, domiciliada para estos efectos en calle Paseo Cousiño número 11, comuna de Viña del Mar, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N° 23048780 de 16 de febrero de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispone del abandono de la amparada del país, y solicita se deje sin efecto dicha resolución. Expone la parte recurrente que ingresó al país el 19 de enero de 2018, de manera regular, con una visa temporaria. Agrega que el 10 de julio de 2021, solicitó la residencia definitiva del país, la que fue desestimada con motivo de una condena por estafa agravada, cuya pena se encuentra cumplida. Afirma que el gobierno de Venezuela no había corregido los antecedentes penales de la amparada y remitió el certificado con antecedentes penales, y tras una solicitud dirigida al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores Justicia y Paz, se remitió uno nuevo que da cuenta que no posee antecedentes penales. Estima que el rechazo de su solicitud de permanencia definitiva es ilegal, ya que la amparada ingreso regularmente al país bajo la vigencia del artículo 15 del Decreto Ley N°1094, que prohibía el ingreso al país de los “condenados o actualmente procesados por delitos comunes que la ley chilena califique de crímenes y los prófugos de la justicia por delitos no políticos.”. Estima igualmente que no ha sido sometida a un procedimiento racional y justo, ya que no ha podido defenderse, por lo que concluye que el acto impugnado constituye una amenaza a su libertad ambulatoria. A folio 20, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Expone que el 19 de julio de 2021, la amparada solicitó residencia definitiva en el país, acompañando un certificado de antecedentes penales apostillado que copia en su informe, el cual da cuenta que la actora no r

Fundamentos

considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, la actora cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N° 23048780 de 16 de febrero de 2023, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispone del abandono de la amparada del país, por haber presentado antecedentes penales adulterados o expedido a nombre de otra persona, de conformidad al artículo 88 N°2 de la Ley N°21.325. Tercero: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo prevenido en el artículo 88 de la Ley N° 21.325, se advierte que el acto recurrido, ha sido dictado por órgano competente, debidamente fundamentado y ajustado a la normativa vigente, la decisión fue adoptada por la autoridad migratoria dentro de la esfera de sus atribuciones, sin que le corresponda a ésta Corte sustituir en dicho análisis al ente recurrido a través de esta vía cautelar. Cuarto: Que, conforme a lo razonado precedentemente, el acto impugnado se encuentra ajustado a derecho, sin que se advierta ilegalidad del mismo, como lo pretende el recurrente, por lo que corresponde rechazar la acción, como se dirá en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida en favor de Danissa Solynier Sanes Pérez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Se deja sin efecto la orden de no innovar decretada en autos. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. No sujeta a anonimización. N°Amparo-1267-2023. En Valparaíso, catorce de julio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de julio de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo a favor de Danissa Solynier Sanes Pérez, de nacionalidad venezolana, domiciliada para estos efectos en calle Paseo Cousiño número 11, comuna de Viña del Mar, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N° 23048780 de 16

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